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El texto del proyecto de ley del sometimiento a la justicia está listo

Feb 16, 2023

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Solo aplicará para estructuras criminales de alto impacto, que no tengan origen político y que se basen en delitos como el narcotráfico o similares.

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Con el objetivo de crear mecanismos de sugestión a la justicia ordinaria, se construyó el proyecto de ley del sometimiento a la justicia, tal y como lo deja claro el documento que ya pasó a estudio ante el Consejo Superior de Política Criminal para posteriormente ser radicado al Congreso de la República.

Lo que se busca es hacer una aplicación de procedimientos de investigación y judicialización, así como contribuir a la satisfacción de los derechos de las víctimas, garantizar la no repetición, desmantelar las estructuras armadas organizadas de crimen de alto impacto e impulsar la reintegración efectiva de sus integrantes mediante un enfoque restaurativo, tal y como lo dice el objetivo del texto.

La iniciativa, que hace parte de la política de ‘paz total’ planteada por la administración del presidente Gustavo Petro, solo aplicará para grupos criminales que no tienen origen político y cuyas actividades están centradas en la comisión de delitos como el narcotráfico y la extorsión.

Lo anterior, está sustentado en el artículo 2 de la Ley 2272 de 2022, donde se establecen además las condiciones de las estructuras: que se trate de organizaciones criminales conformadas por un número plural de personas, que se encuentren organizadas en una estructura jerárquica y/o en red, quienes se dediquen a la ejecución permanente o continua de conductas punibles, entre las que podrán encontrarse las tipificadas en la Convención de Palermo.

Que se enmarquen en patrones criminales que incluyan el sometimiento violento de la población civil de los territorios rurales y urbanos en los que operen y finalmente, que cumplan funciones en una o más economías ilícitas.

Las reglas del juego

Para acceder a los beneficios de la ley, en principio, quienes se sometan deberán reconocer su responsabilidad por los delitos. Deberán comprometerse con la reparación material y simbólica de las víctimas, aportar a la verdad que las víctimas soliciten, participar en programas de reintegración y entregar información a la Fiscalía para el desmantelamiento y la judicialización de las redes criminales y los colaboradores de las mismas.

Al mismo tiempo, los procesados estarán obligados a aportar información sobre mecanismos de lavado de activos y datos para la búsqueda y localización de personas dadas por desaparecidas. Entre otros compromisos, deberán entregar las armas, los secuestrados, un inventario completo de los bienes y liberar a los menores de edad reclutados.

Por otro lado, la caracterización del patrón criminal permitirá identificar y agrupar las conductas cometidas por la estructura armada organizada de crimen de alto impacto, sus integrantes, sus redes de apoyo, las fuentes de financiación, las economías ilegales y las que tengan apariencia de legalidad y estén conectadas con el aparato criminal.

La atribución de responsabilidad penal tendrá en cuenta los roles diferenciados de los integrantes de la estructura armada organizada de crimen de alto impacto según su posición jerárquica, su relación con los delitos cometidos y con las técnicas empleadas para ejecutarlos, así como su control sobre los beneficios obtenidos.

Las penas

“A los integrantes de la estructura armada organizada de crimen de alto impacto que no sean objeto de la renuncia a la persecución penal en virtud del principio de oportunidad, se les impondrá la pena principal y las accesorias que correspondan a los delitos cometidos según el Código Penal, reemplazándola por una pena sustitutiva que consistirá en una pena de privación efectiva de la libertad en establecimiento carcelario, de seis (6) a ocho (8) años, impuesta de acuerdo al grado de responsabilidad individual, y un periodo de cuatro (4) años de componente restaurativo con mecanismos de vigilancia y monitoreo, extramural, con participación en programas de justicia restaurativa y de reintegración”, dice textualmente el documento.

Para quienes únicamente incurrieron en delitos de concierto para delinquir simple o agravado, utilización ilegal de uniformes e insignias, utilización ilícita de equipos transmisores o receptores, y porte ilegal de armas de fuego o municiones de uso privativo de las Fuerzas Armadas o de defensa personal, o cuando se trata de la hipótesis prevista en el numeral 1 del artículo 324 de la Ley 906 de 2004, se aplicará la renuncia condicionada a la persecución penal en virtud del principio de oportunidad, según lo establecido en esta Ley.

Podrá ser excluidos

La persona que se someta perderá los beneficios si retorna a las armas, si no contribuye a la verdad, sino cumple con los programas de justicia restaurativa y, por último, si comete un delito bajo la modalidad dolosa. Es decir, si realiza con plena intención una conducta castigada en el Código Penal.

La Oficina del Alto Comisionado para la Paz, la Agencia para la Reincorporación, el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Cultura, el Ministerio del Deporte y el Ministerio de Educación serán los encargados de los planes y programas para la reintegración individual, colectiva y comunitaria.

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