La exgobernadora del Huila, Cielo González Villa, enfrenta una condena por corrupción luego de que la Corte Suprema de Justicia dictaminara su responsabilidad en delitos de interés indebido en la celebración de contratos, falsedad ideológica en documento público y peculado por apropiación.
DIARIO DEL HUILA, PRIMER PLANO
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia emitió fallo condenatorio contra Cielo González Villa, exgobernadora del Huila y figura prominente del Partido Cambio Radical en la región. La condena, aún sin determinar en cuanto a su duración, viene en respuesta a una serie de delitos que abarcan interés indebido en la celebración de contratos, falsedad ideológica en documento público y peculado por apropiación.
Los cargos presentados contra González se derivan de irregularidades detectadas en millonarios contratos durante su mandato como gobernadora entre 2012 y 2015, que beneficiaron notablemente a la Fábrica de Licores y Alcoholes de Antioquia (FLA). La acusación señala que González eludió el proceso de licitación regular y otorgó los contratos directamente a esta empresa, infringiendo así los principios fundamentales de la contratación pública.
La historia política de González agrega capas de complejidad a este caso, pues no solo fue una destacada líder de Cambio Radical en la región, sino también una figura clave en la coordinación de campañas electorales, incluida la del exvicepresidente Germán Vargas Lleras en 2018. Además, su relación matrimonial con el empresario Germán Trujillo, conocido por su controvertida gestión en el sector de la alimentación escolar, ha levantado aún más interrogantes sobre sus vínculos políticos y económicos.
La sentencia de la Corte Suprema enfatiza la responsabilidad penal de González en los delitos mencionados, aunque también destaca que la Fiscalía no pudo demostrar otros ocho cargos relacionados con falsedad ideológica en documento público y apropiación a favor de terceros. Este fallo representa un duro golpe no solo para el clan político González Villa en el Huila, sino también para el partido al que perteneció, Cambio Radical.
Otros procesos
Es importante recordar que este no es el primer encontronazo legal de González con las autoridades. En el pasado, logró evadir una sanción impuesta por la Procuraduría al presentar una sentencia que favoreció a la alcaldía de Petro. Sin embargo, el fallo reciente de la Corte Suprema pone en evidencia una serie de prácticas cuestionables durante su gestión como alcaldesa de Neiva, así como exgobernadora del Huila.
En septiembre del año pasado, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado decidió en segunda instancia conceder parcialmente a Cielo González Villa, exalcaldesa de Neiva y exgobernadora del Huila, la nulidad de la sanción impuesta por la Procuraduría General de la Nación en 2012 por irregularidades en la contratación.
González Villa fue sancionada por hechos de 2007, cuando era alcaldesa de Neiva. Invitó a la Universidad Surcolombiana (Usco) y a la Universidad Nacional Abierta y a Distancia (Unad) a presentar ofertas para un convenio interadministrativo. Este convenio tenía como objetivo la interventoría de varias obras públicas en la ciudad. Sin embargo, la Procuraduría detectó irregularidades y en 2012 le impuso una multa de 16,8 millones de pesos y una suspensión de tres años.
La anulación parcial de una sanción anterior por parte del Consejo de Estado añade otro giro a este complejo entramado legal. El argumento de la violación de los derechos políticos, basado en un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuestiona la competencia de la Procuraduría para sancionar a funcionarios elegidos democráticamente. Este precedente resalta la importancia de garantizar el debido proceso y la presunción de inocencia en casos de esta índole.
Bajo este antecedente, el Consejo de Estado cuestionó la competencia de la Procuraduría para inhabilitar y suspender a González Villa, considerándola una funcionaria elegida democráticamente. Además, indicó que pudo haber una violación al debido proceso, ya que la sanción se impuso cuando la acción disciplinaria había prescrito.
Adicionalmente, el Consejo de Estado observó que la conducta reprochada podría ser atípica, dado que la Usco tiene autonomía e independencia, y el régimen de contratación estatal permite celebrar contratos con entidades públicas. También señaló que la sanción podría ser ilegal, ya que no se especificó el deber funcional incumplido por González Villa.
Otro punto clave identificado por el Consejo de Estado fue que la suspensión del convenio correspondía a la Secretaría de Infraestructura y Vías, no a la alcaldesa de Neiva, lo que podría indicar que la decisión disciplinaria en su contra fue ilegal.
Pese a anular parcialmente la sanción, el Consejo de Estado mantuvo la presunción de legalidad de otras disposiciones sancionatorias en los actos administrativos demandados por la exalcaldesa. Asimismo, no accedió a las pretensiones económicas presentadas por González Villa.