El Juzgado Segundo Promiscuo de Familia Garzón emitió fallo en contra del alcalde de Gigante, gobernador del Huila y el ministerio de Educación con dos días de arresto “los que deberán cumplir en el comando de policía de la correspondiente ciudad, Bogotá, Neiva y Gigante”.
DIARIO DEL HUILA, PRIMER PLANO
En una acción de tutela en contra del alcalde de Gigante Cesar German Roa Trujillo, el Gobernador del Huila Luis Enrique Dussán y el ministerio de Educación Nacional, en cabeza de Natalia Sánchez Martínez, directora de la Subdirección de Permanencia y su superior jerárquico Olga Lucía Fuentes directora de Cobertura y Equidad perteneciente al Viceministerio de Educación Básica falló a favor de los denunciantes.
Así las cosas, los anteriormente nombrados, deberán pagar dos días de arresto y la imposición de una multa de dos salarios mínimos legales mensuales vigentes; cada uno, tal como lo estipuló el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia Garzón.
Contexto
Lo anterior se dio luego de un desacato por parte del alcalde de Garzón, el gobernador del Huila y el ministerio de Educación en primera instancia al pasar por alto el derecho fundamental a la educación de los estudiantes de la Institución Educativa Silvania.
La manzana de la discordia está en que a los estudiantes de esta institución no se le ha garantizado el derecho al transporte escolar gratuito para poder desplazarse en los trayectos de ida y vuelta durante todo el año escolar.
Los denunciantes fueron el personero del municipio de Gigante – Huila Jhonatan Fernando Ramos Cuellar y el presidente del consejo municipal de juventud de Gigante Kevin David Arrigui Vargas todo debido a que a dicha población estudiantil no se le estaba garantizando este derecho.
El 31 de enero de 2023 el Juzgado ordenó en primera instancia el cumplimiento del servicio el cual, al parecer, no fue implementado y por esta razón se dio la orden de desacato que hoy tiene al alcalde del municipio, al gobernador del Huila y una alta funcionaria del ministerio de Educación en ‘aprietos’.
Le que indicaron en este momento fue “como mínimo al comienzo del año lectivo 2023, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, adopten las medidas técnicas, administrativas y financieras pertinentes para que los estudiantes de la Institución Educativa Silvania de Gigante puedan acceder al servicio de transporte escolar de manera gratuita, en los trayectos de ida y regreso de sus hogares a la institución, sin solución de continuidad durante todo el año 2023”.
Lo que respondieron los implicados
Según el fallo, la Gobernación del Huila responde que ““el Municipio de Gigante Huila, como municipio no certificado, por tanto, los recursos del Sistema general de Participaciones “Calidad” El sistema educativo funciona entonces como un engranaje, donde el Ministerio provee los recursos, las entidades territoriales certificadas administran los recursos para la prestación del servicio educativo; solo si presentare excedente presupuestal podría destinarse para el transporte escolar, situación que nunca sucede porque cada año es deficitario. Los municipios no certificados reciben los recursos de calidad educativa, de los cuales, todo o parte del mismos pueden ser destinados a la atención del transporte escolar”.
Ahora bien, la situación de transporte escolar en este municipio al parecer es “´precaria” como respondió la Administración Municipal ante el Juzgado indicando que “por tratarse de un municipio de sexta categoría, no administran la educación en el municipio, y que los recursos propios con los que cuentan para cofinanciar el transporte escolar son muy precarios, alcanzando tan solo para tres días”.
En el documento también quedó consignado que, la secretaria de Educación del departamento del Huila Milena Oliveros sostuvo que “a pesar de no estar obligado el departamento del huila ha destinado de sus propios recursos para hacer un convenio de 13.000 millones de pesos de modo que se garantice el servicio de transporte a todos los municipios no certificados del Departamento, esto a pesar que el Ministerio que es la entidad competente para destinar y girar lo respectivos recursos no lo ha hecho y a pesar que el municipio de Gigante que es quien tiene recursos del sistema general de participaciones para el efecto no los ha destinado para el efecto”.
Lo que había quedo consignado
Pese a todo lo anterior, en la plataforma de SIA Observa se evidencia que se implementa la estrategia de Transporte Escolar desde el 8 de marzo del año en curso (2022) a través de la empresa transportadora Sociedad Promotora Internacional de Turismo y Transporte Servicio Especial Prointures S.A.S, cuyo objeto contractual está “Prestación de servicios terrestre automotor especial (escolar) de pasajeros por parte del CONTRATISTA y a favor del MUNICIPIO, para garantizar el desplazamiento de los estudiantes beneficiarios de las distintas Instituciones Públicas del ente territorial”.
Dicho contrato aparece por un valor de $246.698.000 para ejecutar en un plazo hasta agotar su objeto sin que este exceda el 31 de diciembre del 202.
Allí se incluye la IE Silvania por un valor de $153.341.000 para un periodo de 23 días. Así mismo se evidencia una adición al total del contrato por un valor de $100.000.000 suscrito el 29 de abril del 2022.
Según el ministerio de Educación, el 17 de octubre del 2022 se llevó a cabo una mesa de trabajo con la participación del municipio de Gigante-Huila, Secretaría de Educación Departamental del Huila, Subdirección de Permanencia y Grupo de Regalías del MEN, en el cual se realizó la solicitud de recurso y que se aclarara la inversión para la ejecución de la estrategia.
Si todo esto se hizo ¿qué pasó? Así las cosas, se dispuso a iniciar el trámite incidental, corriéndole traslado a las incidentadas para que se pronunciara respecto del presunto desacato.
De acuerdo con la alcaldía “ha venido adelantando gestiones administrativas y presupuestales correspondientes, a fin de garantizar a sus comunidades el transporte escolar, hasta el alcance de las obligaciones residuales que como ente territorial de sexta categoría le corresponden, logrando mantener un dialogo constante con el Departamento del Huila para garantizar el giro de los recursos necesarios para su prestación”.
Finalmente, la secretaría de Educación Departamental hizo énfasis en que son recursos que de acuerdo con la constitución provienen en su totalidad del Ministerio de Educación y lo que hace el departamento del Huila es administrarlos teniendo en cuenta las necesidades del municipio receptor.
Además, dice que “si alguno de los actores falla, ya sea que el ministerio no aporte los recursos o que el Municipio de Gigante no presente sus proyectos con la respectiva necesidad que detecta en su región, pues le es imposible al Departamento cumplir con su obligación de generar los contratos que permitan que el sistema funcione en debida forma”.
La decisión de desacato se da entonces ya que, tal como lo dice el fallo, “revisada la información allegada se tiene que no se ha dado cumplimiento al fallo de tutela objeto de incidente, por cuanto no se ha suministrado el servicio de transporte para los estudiantes de la Institución Educativa Silvania del municipio de Gigante – Huila, pese a que transcurrido poco más de un mes del inicio del año escolar”.
Lo grave del tema es que mediante oficio de fecha 5 de diciembre, con reiteraciones en el mes de enero, informó a tal dependencia nacional que el departamento requiere para la vigencia del año 2023 la suma de $55.515.693.420 para atender a 22.000 estudiantes, por un término de 180 días calendario, dentro de los que estarían incluidos los de la institución de educativa de Silvania.
El ministerio no va a responder
Finalmente, el ministerio indicó que los responsables de dar trámite a este servicio son el departamento y el municipio “por cuanto el transporte escolar hace parte de los programas sociales, los cuales deben ser priorizados por las entidades del estado y garantizados sin interrupción alguna. Al igual que el PAE son programas que conllevan a combatir la deserción escolar”.
Además, advirtió claramente que, “desde la planeación presupuestal del año 2023, estas entidades, debieron darle prioridad a destinar los recursos para dar cumplimiento al fallo de tutela objeto de revisión, asignando recurso ya sea Sistema general de Participaciones “Calidad”, de los recursos de las bolsas del Sistema General de Regalías (SGR) o de los recursos propios de las entidades territoriales”.
Se resaltó que “si bien es cierto la prestación de este servicio no puede iniciarse sin el cumplimiento de las medidas técnicas, administrativas y financieras, lo que incluye el cierre presupuestal del año anterior, la asignación presupuestal para el nuevo año, las licitaciones o concursos públicos para escoger la empresa que preste el servicio, la elaboración de los contratos correspondiente y el inicio de los mismos y las múltiples limitaciones a que hacen referencia las entidades incidentadas en sus contestaciones, estas tuvieron tiempo suficiente para ser resueltas en oportunidad”.
Así las cosas, el despacho consideró que “desde la decisión de primera instancia ha transcurrido un tiempo prudencial, más de tres meses, suficiente para que se hubieran adelantado los trámites correspondientes y para que estuvieran presupuestados los recursos necesarios para dar cumplimiento. Sin embargo, en las respuestas dadas por las entidades al incidente de desacato no se avizora que se esté materializando el cumplimiento del mismo”.