La Corte Constitucional deberá resolver la demanda que busca despenalizar el suicidio asistido. El Gobierno pide que no se legalice dicha práctica.
Un nuevo debate surge en la Corte Constitucional, por la demanda que busca despenalizar el suicidio médicamente asistido.
Según el artículo 107 del Código Penal, “El que eficazmente induzca a otro al suicidio, o le preste una ayuda efectiva para su realización, incurrirá en prisión de treinta y dos (32) a ciento ocho (108) meses.
Cuando la inducción o ayuda esté dirigida a poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, se incurrirá en prisión de dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses”.
Ante la solicitud de despenalizar dicha práctica, el Gobierno a través del Ministerio de Justicia, se mostró en contra y pide que se siga manejando como se estipula el artículo 107 de Código Penal.
El suicidio médicamente asistido, consiste en que la misma persona con enfermedad grave causa su muerte, mediante la dosis letal previamente formulada.