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¿Hubo o no legitima defensa en el crimen de presunto ladrón?

May 18, 2024

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En libertad quedó la persona señalada de acabar con la vida de Henry Perdomo, quien habría ingresado a una panadería, ubicada en el sur de la capital opita, donde se encontraban el ganadero junto a su hijo Luis Cerquera, el sujeto al parecer, los intimidó con un arma de fuego con la finalidad de robarle el dinero que llevaban y en la reacción para impedir el ‘fleteo’, el comerciante se abalanzó contra esta persona, misma acción que hizo su hijo y ahí el victimario accionó el arma y le propinó un disparo a Luis Carlos.

El hecho de inseguridad que dejó a una persona asesinada y a otra herido, ocurrió el martes pasado en la calle 19 sur # 7 – 215, al interior de un establecimiento comercial.

¿En el caso ya conocido, hubo o no legitima defensa?

Y para entender este crimen e intento de robo, Diario del Huila, dialogó con Alfredo Vargas, doctor en Derecho Universidad Nacional de Colombia y docente de la Universidad Surcolombiana.  

La situación que ocurre en Neiva, es de público conocimiento, hay que reconocer que en efecto les corresponde a las autoridades competentes, definir sí en efecto hubo legítima defensa, que requiere como lo establece el artículo 33 del Código Penal, una proporcionalidad a la agresión. Tenemos el caso que la persona quien perdió la vida, le había disparado al hijo del señor, que también termina quitándole la existencia. La situación es confusa, todo sucede muy rápido.

Aquí lo que se analiza, es la proporcionalidad. La persona que perdió la vida, ya está en el suelo, lo habían lesionado, no tenía arma, ahí el juez le corresponde hacer un análisis, sí en efecto aplicaría la legítima defensa. Es decir la agresión que yo he recibido, se debe responder con la misma naturaleza.

En este caso, obviamente si a un padre le lesionan un hijo, el señor en ese momento no sabía si lo habían asesinado, estaba lesionado, le pegaron un tiro, uno no sabe si una bala de esas termine quitándole la vida, ahí uno entiende la agresividad del progenitor, en torno a la lesión que ocurre con la persona que finalmente pierde la vida. En este caso será el juez, quien haga el análisis y defina con base en las pruebas que ya están iniciando en este proceso, que tan proporcional fue esa agresión y en efecto si existe esa causal de exoneración de responsabilidad.

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¿Cómo se analiza esta situación desde el derecho?

En este caso con base en las pruebas y es claro que el señor estaba en una situación de ira e intenso dolor, le acababan de dispararle a su propio hijo, además fue amenazado con un arma, la cual fue accionada, al punto que lesionan a la víctima. Entonces debe analizarse cada detalle, minuto a minuto de lo que ocurrió y pues obviamente le corresponderá al togado con base en los testimonios, en la conducta del ciudadano que está en libertad, pero tiene un proceso judicial en su contra.

El caso se tiene que esclarecer, porque hay una persona que pierde la vida, y en el estado social de derecho, no existe la pena de muerte, y en Colombia no está consagrada, así sea el más vil de los criminales. Desafortunadamente, existen unas normas claras en relación con el tema y en esa medida, tendrá que ser el juez el que analice las circunstancias, para definir ¿qué tan proporcional fue la reacción del señor?

Y al ponerse en lugar del padre de familia, porque me lesionan a mí hijo, pues la reacción puede ser incluso mucho más violenta de la de la recibida, ¿no?, y es casi que natural a un padre de familia una reacción de ese tipo.

En este caso la Fiscalía, ya está en el proceso de recaudación de las pruebas, debe mirar por supuesto los antecedentes del señor, incluso el uso del arma, la trayectoria de los proyectiles, todo tiene que analizarse de manera técnica y con base en ese acervo probatorio, tomar una decisión.

¿Qué estudia el principio de proporcionalidad?

Por eso se habla de la proporcionalidad, por ejemplo yo le disparé y usted realiza la misma acción conmigo. Ahí tendría que medirse este aspecto, se estudia si estaba de pie, otra cosa es que le dispare cuando se encuentra en estado de indefensión.

Es decir, sí la persona está inmóvil, no puede reaccionar, no corre, ni defenderse, pues digamos eso también yo lo tengo que evaluar como agresor, no le puedo disparar por la espalda, o si se encuentra en el suelo. Estos ítems son los que se analizan detalle a detalle para determinar el tema de la responsabilidad.

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Inseguridad y justicia por ‘mano propia’

Hay un mensaje muy importante y creo que una reflexión para la ciudad, es que las autoridades tienen que hacer su tarea. Uno no tiene que esperar que los delincuentes lleguen a nuestras casas, los investigadores tienen que ser mucho más reactivos, actuar con inteligencia, la participación de la comunidad es importante. Y la recomendación es ante cualquier clase de riesgo, no actuar de manera violenta en contra de los facinerosos. Desafortunadamente, para uno si hay ley y puede terminar judicializado. Mientras que estos sujetos viven en la delincuencia, ellos entran y salen de la cárcel, porque si llega a acabar con la vida de una de estas personas, al que se le complica la existencia es a uno.

De manera obvia, hay que pedirles a las autoridades lo que deben de hacer, para eso está la Policía, ellos tienen sus armas de dotación, son entrenados para repeler este tipo de situaciones. El llamado es a las autoridades, para que eviten que la ciudadanía, terminen tentada a reaccionar de la forma en la que lo vienen haciendo, porque miremos el caso, hay una persona asesinada, y el señor acaba involucrado en un proceso judicial y así tenga sus argumentos, no deja de ser un problema para él, ¿porque no más cuanto le va a cobrar un abogado por defenderlo?

Entonces la invitación para la ciudadanía, es mantener la calma, actuar con inteligencia. Las redes de apoyo son importantes, las alarmas comunitarias, es transcendental que la gente reaccione, pero hacerlo de manera proporcional, pueden hacer videos para que sirvan de prueba y entreguen al sujeto a la autoridad para que lo judicialicen y que los ladrones entiendan que la gente está cansada de la inseguridad.

¿Un delincuente puede demandar a la víctima?

No tanto por lo que hemos hablado, ya que el ladrón no llega a darte besos y abrazos, entra es agrediendo a la víctima. Sí en ocasiones pueden llegar a demandar, y ahí uno expone sus argumentos.

En estos casos es mejor tomar las medidas correspondientes, llamar a la policía, cuando por ejemplo se realizan giros de dinero, es importante tomar las medidas preventivas que todos conocemos, hacer la mayoría de las transacciones de manera electrónica y ser muy reservado en el manejo de dinero.

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La gente no cree en la justicia

Eso es cierto hay unas garantías judiciales, que desafortunadamente en este país se exceden, pero nosotros no podemos llegar a la edad media, no podemos retroceder, en donde la gente la quemaban viva, muchas veces sin ningún tipo de justificación.

Tenemos un sistema judicial que es importante fortalecerlo, obviamente si se requieren de algunos ajustes dentro del sistema. Nos damos cuenta que los delincuentes están cometiendo más ilícitos dentro de las cárceles, que por fuera de ella.

La mayoría de las extorsiones, de cada 10 de estos casos, casi el 60 o 70%, se hacen desde las prisiones, mire lo que acaba de ocurrir con el director de la Cárcel La Modelo, que fue asesinado. Son los facinerosos los que actúan desde los centros de reclusión.

El Gobierno Nacional, debe analizar los modelos penitenciarias, como el de Japón, donde los reclusos desde el primer hasta el último día deben trabajar, el de Suecia, Noruega y El Salvador. Incluso en el país nipón, los guardias quienes se encargan de la custodia, son cinturones negros en karate y tiene cuartos de reflexión por si los detenidos se portan mal.

¿Por qué quedó libre el agresor?

El juez analiza primero, que la persona no es un peligro para la sociedad, si tiene o no antecedentes judiciales. Segundo, la persona manifiesta que va a comparecer ante el proceso judicial.

Y en ese sentido, como no representa un peligro para la sociedad. El togado realiza esa valoración, le otorga la libertad, obviamente sigue vinculado al proceso, luego sigue una etapa probatoria, se van a presentar exámenes de Medicina Legal, y con base a ello, se espera que haya un resultado y luego el togado toma una decisión analizando todas las pruebas expuestas.

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