La Sala de Amnistía o Indulto de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha concedido amnistía a Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, conocido como ‘Simón Trinidad’, por el delito de rebelión. La magistratura determinó que el exintegrante de las Farc-EP cumple con los requisitos necesarios para recibir este beneficio jurídico.
La decisión se basó en la conclusión de que la conducta de rebelión es amnistiable, ya que cumple con los criterios de tiempo, ocurriendo antes de la firma del Acuerdo Final de Paz; personal, al ser cometido por un miembro de las Farc-EP; y material, dado que la rebelión es considerada un delito político susceptible de amnistía.
Esta resolución aborda parte del proceso iniciado por la justicia ordinaria contra ‘Simón Trinidad’ por hechos ocurridos entre el 1 y el 3 de mayo de 2002 en el municipio de Bojayá, Chocó, que posteriormente fueron remitidos a la JEP.
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Como consecuencia de esta decisión, Juvenal Ovidio Ricardo Palmera deberá firmar el régimen de condicionalidad con la JEP y proporcionar detalles exhaustivos sobre su vida en la guerrilla. Además, la Sala de Amnistía o Indulto ha comisionado a la Oficina de Atención a Víctimas de la JEP y a la Unidad de Investigación y Acusación para localizar a las víctimas de los hechos en Bojayá y Vigía del Fuerte, permitiéndoles expresar si desean participar procesalmente en el trámite o presentar recursos.
Actualmente, ‘Simón Trinidad’ se encuentra en una prisión en Estados Unidos, a donde fue extraditado el 31 de diciembre de 2004 y condenado a 60 años de cárcel por el secuestro de tres estadounidenses en febrero de 2003.
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