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“La respetamos, pero no la compartimos”

May 10, 2024

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La alta funcionaria del gobierno del llamado cambio se pronunció por la decisión de la Corte Constitucional.

DIARIO DEL HUILA, ACTUALIDAD

En una agenda de trabajo regional que está adelantando el Gobierno durante esta semana, los funcionarios cumplen el cuarto día de jornada en Manizales; desde esa región del país, rompió su silencio Francia Márquez por la decisión de la Corte Constitucional de tumbar su Ministerio de la Igualdad.

En una declaración que dio la alta funcionaria en un evento público que se desarrolló este 9 de mayo, indicó de frente que no comparte la determinación del alto tribunal, pero afirmó que la respeta, pese a lo que, según ella, representa para los intereses de esa cartera con los programas sociales.

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“No voy a discutir aquí sobre el fondo, porque todavía no hay una sentencia de fondo que nos permita revisar. Con esto, de alguna manera, para darles tranquilidad a los colombianos y colombianas, es decir que el Ministerio de la Igualdad y la Equidad va a seguir trabajando durante nuestro gobierno por resolver las inequidades y las desigualdades que viven la mayoría de los colombianos y colombianas”, expresó Márquez.

Y avanzó en su intervención: “Tenemos diseñados tres programas para atender esas inequidades y desigualdades. Un programa de autonomía económica para las mujeres”.

“Este país, Colombia, es de los países más desiguales e inequitativos del mundo, de eso no cabe dudas más de 13 millones de mujeres viven en pobreza inequidad, violencias basadas en género, los feminicidios no se detienen, el Ministerio de la Igualdad está trabajando en el país contra el machismo”, anotó la vicepresidenta.

La postura de Francia Márquez se dio luego de que, el miércoles de esta semana, la Corte Constitucional tumbara, por vicios de trámite, la creación del Ministerio de la Igualdad y Equidad, promovido por la vicepresidenta, Francia Márquez.

El Ministerio seguirá vigente hasta el 20 de junio de 2026, término en el cual se deberá tramitar ante el Congreso una ley que subsane o corrija los vicios de trámite detectados por el alto tribunal.

Con ponencia de la magistrada Paola Andrea Meneses, el alto tribunal declaró inexequible la Ley 2281 de 2023, “por medio de la cual se crea el Ministerio de Igualdad y Equidad y se dictan otras disposiciones”.

En la discusión, se estableció que en efecto se presentaron irregularidades en el trámite que se adelantó en el Congreso de la República.

Entre estos, no se llevó a cabo el análisis de impacto fiscal de la creación del Ministerio de la Igualdad “conforme a las exigencias previstas en el artículo 7 de la Ley 819 de 2003″, la cual dicta “normas orgánicas en materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal”.

En el debate jurídico se encontró que esta omisión violó el artículo 151 de la Constitución Política que establece el cumplimiento de los requisitos para la aprobación de las leyes ordinarias previstos en las leyes orgánicas, entre estas la Ley 819 de 2003, que constituyen un parámetro de constitucionalidad y validez.

La Sala Plena consideró que la decisión no tiene efectos inmediatos, pues esto implicaría la eliminación del sector administrativo de Igualdad y Equidad y, naturalmente, del Ministerio que lo encabeza.

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Para los magistrados, esto desataría una desarticulación institucional que afectaría la implementación de la política pública que ha sido diseñada por el legislador y el ejecutivo para garantizar los derechos de sujetos de especial protección constitucional, tales como las madres cabeza de familia y las personas en situación de discapacidad.

Esto podría comprometer directamente la vigencia del principio de igualdad y, en concreto, el mandato previsto en el artículo 13.3 de la carta política.

Finalmente, en criterio de la Sala, este término prudencial reduciría los riesgos de la inexequibilidad inmediata advertidos, debido a que permitiría que el legislador, por iniciativa legislativa del Gobierno nacional, si así lo considera, apruebe la creación del Ministerio de Igualdad y Equidad en cumplimiento de las exigencias y requisitos de aprobación de las leyes previstos en la Constitución y la Ley 819 de 2003.

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