El decreto que prohíbe el uso de armas traumáticas en el país ya está listo en el Ministerio de Defensa y se espera que entre en vigencia en este mes.
Las armas traumáticas tendrán que cumplir la misma regulación a la de las armas de fuego, sin embargo, estos permisos solo se expedirán de manera excepcional porque aún sigue vigente una prohibición al porte de armas de fuego en todo el país.
EL decreto señala que portar armas traumáticas y de fogueo sin el correspondiente permiso de porte implicaría que se incluirían estas armas en el artículo 365 del Código Penal, que indica que “el que sin permiso de autoridad competente importe, trafique, fabrique, transporte, almacene, distribuya, venda, suministre, repare, porte o tenga en un lugar armas de fuego de defensa personal, sus partes esenciales, accesorios esenciales o municiones, incurrirá en prisión de nueve a 12 años”.
Cuando entre en vigor la normatividad y un ciudadano esté interesado en adquirir un arma traumática o de fogueo, deberá solicitar los permisos especiales para su tenencia y su porte, y se harán más estrictos los controles de las autoridades competentes a los procesos de comercialización.
Desde el año 2018 se ha incrementado el uso inadecuado de estas armas, donde fueron incautadas 3.201 armas traumáticas, en el año 2019 fueron incautadas 3.804 armas traumáticas, en el año 2020 5.478 armas fueron incautadas y en lo que va corrido del año 6.569 armas traumáticas han sido incautadas, según el Ministerio de Defensa.
Esto indica, que desde el año 2018 hasta la fecha se ha registrado un aumento del 105% en el uso y porte de armas traumáticas en todo el territorio nacional.