Diario del Huila

Los beneficios para los exmilitares en la JEP

Ago 16, 2024

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Los beneficios para los exmilitares en la JEP. La Resolución 1578 de 2024, emitida por la ARN el pasado 28 de junio, establece los beneficios y el proceso de acompañamiento que tendrán los exmilitares comparecientes ante la Jurisdicción Especial para la Paz.

DIARIO DEL HUILA, PRIMER PLANO

Por: Gustavo Patiño

Entre el 8 y el 10 de agosto pasados, los huilenses y colombianos vimos con horror en la audiencia de reconocimiento y aceptación de responsabilidad de los comparecientes procesados por la Jurisdicción Especial para la Paz en el subcaso Huila del Caso 03 “Asesinatos y desapariciones forzadas presentadas como bajas en combate por agentes del Estado” o por los mal llamados ‘Falsos Positivos’. Pese a que muchos ciudadanos no creyeron en el arrepentimiento de los exmilitares, estos reconocieron sus responsabilidades ante las víctimas por tres patrones criminales, en los que muchas veces reclutaron personas con promesas de trabajo y las asesinaron para mostrar efectividad y subir las estadísticas, en un ambiente lleno de presión por parte de sus superiores para que presentaran resultados.

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Diario del Huila conoció la Resolución 1578 de 2024, expedida por la Agencia de Reincorporación y Normalización – ARN el pasado 28 de junio, que habla de los beneficios a los que pueden acceder los que, como uniformados representantes del Estado en el territorio colombiano, cometieron atrocidades en contra de la población civil. El documento plantea, entre otras cosas, la posibilidad de contar con capital semilla por hasta 8 millones de pesos, además de un apoyo en sostenimiento y beneficios sociales como educación, salud, acompañamiento jurídico y empleabilidad.

Apoyo integral

La Resolución establece un marco detallado para el Proceso de Acompañamiento, subrayando su alcance y objetivos fundamentales. Este proceso se centra en brindar apoyo integral a los miembros de la Fuerza Pública que se encuentran en comparecencia ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP). En primer lugar, se destaca la importancia del cumplimiento efectivo e integral de las responsabilidades, enfatizando la necesidad de que los comparecientes respeten los derechos humanos y el régimen constitucional. Este enfoque, como reza el documento, asegura que los miembros de la Fuerza Pública asuman plenamente sus compromisos y obligaciones, contribuyendo así a la justicia y al proceso de reconciliación.

Enfoques diferenciales

Además, se incorporan enfoques diferenciales que permiten considerar las particularidades de cada individuo. La inclusión de beneficios económicos y sociales también es un aspecto clave del Proceso de Acompañamiento. La resolución reconoce los beneficios económicos contemplados en la Ley 2294 de 2023 y proporciona apoyo para la gestión de estos beneficios, así como para la reintegración laboral, educativa y comunitaria. Este acompañamiento tiene como objetivo facilitar la transición de los comparecientes a una vida plena y productiva fuera del conflicto armado.

La duración del Proceso de Acompañamiento no está predeterminada, sino que está vinculada a la culminación del proceso de comparecencia ante la JEP. Esto significa que el acompañamiento se ajustará a las circunstancias específicas de cada caso, ya sea por una providencia que exonere al compareciente de responsabilidad o por el cumplimiento total de las sanciones impuestas.

Dimensiones clave

Igualmente, el Proceso de Acompañamiento se organiza en dos dimensiones clave: Socioeconómica y Restaurativa. La Dimensión Socioeconómica tiene como objetivo mejorar las condiciones de vida de los comparecientes y sus familias. En este ámbito, se ofrecen diversos beneficios diseñados para facilitar la integración social y económica. Los beneficios sociales, como la gestión en salud, educación formal, formación para el trabajo, orientación jurídica y apoyo en empleabilidad,  destinados a asegurar que los comparecientes puedan acceder a servicios fundamentales y adquirir habilidades que les permitan reintegrarse de manera efectiva en la sociedad.

Por otro lado, la Dimensión Restaurativa se centra en la aplicación de principios de justicia restaurativa, con el fin de promover la reparación, la verdad y la no repetición de los hechos relacionados con el conflicto armado. Esta dimensión abarca una serie de componentes que buscan preparar a los comparecientes emocional y socialmente para su participación en la JEP. Incluye el acompañamiento psicosocial a nivel individual, familiar y grupal, que ayuda a los comparecientes a afrontar las repercusiones emocionales y sociales de su situación. Además, se facilitan ciclos de comprensión de la comparecencia, que permiten a los participantes reflexionar sobre el proceso y entender mejor sus responsabilidades y el contexto de su comparecencia.

Capital semilla

El Capital Semilla es un incentivo financiero de hasta 8 millones de pesos, diseñado para fomentar la creación o el fortalecimiento de proyectos productivos, apoyar la educación superior o contribuir a la adquisición, construcción o mejora de viviendas. Puede ser destinado a varios usos, como la implementación de proyectos productivos, siempre que se acrediten los estudios o la experiencia necesaria en el área. También se puede utilizar para sufragar gastos de matrícula en educación superior, y en casos especiales, como cuando el beneficiario tiene discapacidades o enfermedades de alto costo, los fondos pueden ser utilizados para apoyar a miembros de su red de apoyo. Para la adquisición, construcción o mejora de vivienda, el beneficio está sujeto a la validación de requisitos por parte de la ARN.

Apoyo de sostenimiento

Por su parte el Apoyo de Sostenimiento está destinado a aquellos beneficiarios que no tienen ingresos derivados de un vínculo contractual. Este apoyo se concede por un periodo de 24 meses y equivale al 90% del salario mínimo mensual vigente. Los requisitos para acceder a este apoyo incluyen la ausencia de ingresos por contrato o relación laboral, y el beneficiario no debe tener una sentencia condenatoria ejecutoriada por delitos dolosos cometidos después de su aceptación en la JEP. El beneficio finaliza tras los 24 meses desde el primer desembolso, sin posibilidad de extensión ni pagos retroactivos por periodos en los que no se cumplieron las condiciones.

Educación

En cuanto a la gestión en educación formal, la resolución busca promover el acceso, la permanencia y el avance en el sistema educativo de los beneficiarios, desde la alfabetización hasta la educación superior. La ARN facilita la conexión con instituciones educativas y considera el progreso educativo como un criterio esencial para evaluar el avance socioeconómico y la reintegración del beneficiario. Aunque la ARN puede ayudar con la gestión de recursos adicionales, los costos de inscripción y otros gastos deben ser cubiertos por los beneficiarios. El beneficio educativo termina cuando el beneficiario alcanza el nivel educativo mínimo establecido en su Plan de Acompañamiento o si abandona el programa sin justificación o muestra un bajo rendimiento académico repetido.

La gestión en educación para el trabajo y desarrollo humano se centra en facilitar el acceso a programas de formación técnica, operativa y laboral, diseñados para fortalecer las competencias laborales y preparar a los beneficiarios para su reintegración en el mercado laboral. La ARN asegura que los programas de formación sean proporcionados por instituciones certificadas y mantiene un acompañamiento continuo durante el proceso de comparecencia ante la JEP. Este enfoque integral tiene como objetivo garantizar una reintegración efectiva y sostenible de los beneficiarios en la sociedad.

La terminación de la gestión en educación para el trabajo y desarrollo humano se establece cuando el beneficiario obtiene la certificación correspondiente o completa al menos 400 horas de formación complementaria. Además, el beneficio se finalizará si el beneficiario abandona o pierde dos programas de formación consecutivos. Este enfoque asegura que el acompañamiento esté directamente vinculado al logro de competencias laborales específicas, destacando la importancia del compromiso y el progreso constante para mantener el apoyo proporcionado.

Orientación jurídica

En cuanto a la orientación jurídica, la Resolución delinea mecanismos cruciales para facilitar la integración jurídica y socioeconómica de los miembros de la Fuerza Pública en el Proceso de Acompañamiento. El artículo 33, en particular, establece que la ARN brindará orientación jurídica a los beneficiarios desde su ingreso hasta la finalización del proceso. Esto incluye información sobre la competencia de la ARN en el contexto de la JEP según la Ley 2294 de 2023, y la inducción al Programa Permanente de Inducción de la JEP, liderado por el Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa – SAAD. Además, se proporciona información sobre derechos fundamentales, mecanismos para su protección, y los deberes ciudadanos dentro del régimen legal y constitucional. No obstante, la ARN no ofrecerá defensa técnica ni representación en procesos judiciales o administrativos, limitando su rol a la orientación y no a la representación legal directa.

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