Diario del Huila

Los crespos de la procuradora 

Feb 18, 2023

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Amadeo González Triviño 

Así literalmente podemos pregonar a los cuatro vientos, que la PROCURADORA GENERAL DE LA NACION, se quedó con los crespos hechos, cuando pretendió burlarse de la Justicia Internacional y montar todo un marco normativo contrario a los pactos suscritos por Colombia, sobre el manejo y regulación de los procesos contra los dirigentes elegidos por el Voto Popular. 

Un desgate jurídico y político que encuentra en estos momentos un respiro, pero que genera mucha polémica, por cuanto en el trasfondo burocrático se perfiló por ese proyecto ley, hoy trunca, la creación de mil doscientos funcionarios dentro del equipo del Ministerio Público, entre cuyas funciones sin lugar a dudas, estaría la de apoyar y fungir como “jueces disciplinarios” con capacidad para destituir a los elegidos por el voto popular y sobre todo, para decretarles la muerte política. 

La decisión de la Corte Constitucional, cuya sentencia estamos a la expectativa de conocer en toda su dimensión, pregona los boletines de prensa y los medios de comunicación que el alto tribunal ha advertido que ““Es imperioso asegurar que las decisiones sancionarías de la Procuraduría en contra de los servidores de elección popular no puedan ser ejecutadas antes de que medie un control jurisdiccional. Lo anterior, pues así, por un lado, se respetan las facultades constitucionales de investigación y juzgamiento disciplinario del órgano del control y, por otro lado, se asegura la reserva judicial debido a que la decisión final sobre la imposición de la sanción disciplinaria corresponde a un juez de la República” 

Es interesante saber cómo en determinado momento, funcionarios de tan alto raigambre constitucional, se proponen manejar la Constitución Política de Colombia, ajustarla a sus fines políticos y politiqueros, para perseguir y desconocer los derechos ciudadanos y especialmente las formas y los pactos y acuerdos internacionales sobre antecedentes que a todas luces, hacen parte de un bloque de constitucionalidad erigido y aprobado desde nuestra Carta Política, y que por tanto, debe exigir respeto, estudio y sobre todo, sindéresis y mucha prudencia normativa, para no desquiciar el ordenamiento jurídico vigente. 

Ahora con esta decisión, hemos de retomar el camino y de seguro que es menester que los académicos, juristas y doctrinantes tanto internos, es decir nacionales como internacionales, procuren brindar fórmulas y mecanismos que hagan posible la comprensión general de estas teorías jurídicas y que nos eviten sobrecostos económicos a la nación, cuando es claro y evidente que los desafueros que se han sucedido y que se suceden en los entes de control, como la Procuraduría, después nadie sale a responder y terminan siendo costos económicos a cargo de los colombianos.   

Dia a día se imponen recomendaciones y sugerencias que no pueden ir más allá de lo que terminaría por constituirse en un desafuero normativo aprobado por un gobierno que hizo hasta lo imposible por romperle el cuello a la democracia.  

Valga la pena resaltar uno de los comentarios que se conocen de la providencia ahora objeto de estudio y a la espera de su análisis final, cuando se advierte y se aclara que la Procuraduría no puede traspasar sus labores netamente administrativas, las que finalmente serán o podrán ser revisadas por el Consejo de Estado y se le suprimió la función que quiso asumir como Juez, en el que estaba entre otras decisiones las de inhabilitar y destituir a un funcionario elegido por el voto popular. Dijo la Corte: “Se ha entendido que las sanciones disciplinarias contra servidores de elección popular solo pueden imponerse por mandato de un juez de la República, dado que pueden afectar sus derechos políticos”. 

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