Diario del Huila

Modifican medidas para este fin de semana en Neiva

Ene 8, 2021

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DIARIO DEL HUILA, NEIVA

Catalina Durán Vásquez

El Ministerio de Salud y Ministerio del Interior mediante Circular conjunta de fecha 06 de enero de 2020 adoptó unas medidas espaciales restrictivas de acuerdo con la ocupación de unidades de cuidados intensivos. El municipio de Neiva presenta ocupación de un 82%, situación que obligó a la administración municipal a adoptar medidas prohibitivas correspondientes.

En ese sentido, se confirmó que ya no habrá confinamiento total que regiría en toda la ciudad, entre las 5:00 A.M. del domingo 10 de enero y hasta las 5:00 a.m. del martes 12 de enero.  Las nuevas medidas a través del decreto 0011 de enero del 2021, se declaró toque de queda limitando la circulación de personas y vehículos del municipio, entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m. a partir de hoy 07 hasta el 11 de enero.

El pico y cédula se aplicará de acuerdo con el último dígito del documento de identificación para la realización de pagos y acceder a bienes y servicios.

El pico y cédula se aplicará de acuerdo con el último dígito del documento de identificación para la realización de pagos y acceder a bienes y servicios.

Desde ayer 7 de enero a partir de las 8 p.m. se ordenó toque de queda para todos los habitantes del municipio de Neiva, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del covid-19, limitándose la libre circulación en la jurisdicción del Municipio de Neiva hasta el 12 de enero a las 5 a.m.

Por otro lado, para que se garantice el derecho a la vida, a la salud en conexidad con la vida y la supervivencia, se permitirá el derecho de circulación de las personas de los siguientes casos actividades:

 

  1. Asistencia y prestación de servicios de salud.
  2. La cadena de producción, transporte, comercialización y distribución, medicamentos, productos farmacéuticos, productos de limpieza, y aseo para hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud, al igual que el mantenimiento y soporte para garantizar la continua prestación de los servicios de salud.
  3. La comercialización de los productos de los establecimientos y locales gastronómicos, incluyéndolos ubicados en hoteles y centros comerciales, mediante plataformas de comercio electrónico o por entrega a domicilio. Esta actividad podrá desarrollarse desde las 8:00p.m hasta las 10:00p.m.
  4. Las actividades relacionadas con servicios de emergencia, incluidas las emergencias veterinarias.
  5. Por fuerza mayor o caso fortuito
  6. Las actividades de las Fuerzas Militares, la Policía Nacional y organismos de seguridad del Estado, así como de la industria militar y defensa.
  7. Las actividades de los servidores públicos, contratistas del Estado, particulares que ejerzan funciones públicas, y demás personal necesario para prevenir, mitigar, y atender la emergencia sanitaria por causa del covid-19.
  8. Las personas que deban viajar, que deban ingresar o salir del municipio para lo cual deberán acreditar dicha condición.
  9. Los servicios funerarios, entierros y cremaciones cumpliendo con los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de salud y protección social.
  10. Las actividades necesarias para la operación aérea y aeroportuaria para el transporte domestico por vía aérea, del terminal de transporte terrestre y actividades de transporte público terrestre.
  11. Las actividades de la industria hotelera.
  12. Personal operativo de las empresas de servicios públicos domiciliarios.
  13. La prestación de servicio de vigilancia y seguridad privada, los servicios carcelarios y penitenciarios.
  14. El funcionamiento de los servicios postales, de mensajería, radio, televisión, prensa y distribución de los medios de comunicación, así como las demás excepciones contenidas en el decreto 1076 de 2020.

Pico y Cédula

Esta medida se aplicará de acuerdo con el último dígito del documento de identificación para la realización de pagos y acceder a bienes y servicios.

Viernes 08 de enero: podrán salir las cédulas terminadas en 0-2-4-6-8

Sábado 09 de enero: podrán salir las cédulas terminadas en 1-3-5-7-9

Domingo 10 de enero: podrán salir las cédulas terminadas en 0-2-4-6-8

Lunes 11 de enero: podrán salir las cédulas terminadas en 1-3-5-7-9

Martes 12 de enero: podrán salir las cédulas terminadas en 0-2-4-6-8

Además, se limitó el funcionamiento de bares y restaurantes para la venta de bebidas alcohólicas mientras se mantenga su ocupación hasta máximo las 7:00 pm.

Igualmente, Se prohíbe la realización de todo tipo de reuniones públicas y privadas, eventos deportivos, recreativos o culturales que generen aglomeración de personas en espacios públicos y cerrados.

RECUADRO:::

Afectaciones para gremios

Por otro lado, el sector de bares en la capital del departamento del Huila se pronunció ante las medidas tomadas a última hora por el Gobierno Nacional, lo cual perjudicaría mucho a este gremio.

“Debido al sorpresivo cambio en las medidas para Neiva, nos queremos detener en las siguientes cifras: Solo en Neiva para este Puesto Festivo de reyes, 28.000 empleos se afectarán en el sector de gastronomía, entretenimiento, venta de comida 24h, Ropa, belleza, estética, venta de gasolina, etc.”.

“Esta medida que impone el Gobierno Nacional no solo es inocua, ya que no evita que las personas se relacionen con el licor en la intimidad de sus hogares y fincas, sumando además la proliferación de fiestas clandestinas. Ahora bien, estás medidas como en otros países ya es necesario que vengan acompañadas de ayudas económicas reales de quienes tenemos obligaciones contractuales con los empleados, arriendos, insumos y perecederos”.

“Desde la regional Huila le hacemos un llamado y reclamo respetuoso a el Gobierno Nacional en cabeza del presidente Iván Duque y Departamental al Gobernador Luis Enrique Dussán, en el sentido en que, si nos van a cerrar a punta de circulares, nos den el dinero para mantener nuestras nóminas y negocios sin perjuicios”.

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