Diario del Huila

No le hagan más daño a la Usco II 

Abr 15, 2021

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No les ha bastado al Consejo Superior CSU y a los demás directivos de la Universidad Surcolombiana USCO, incluyendo el rector encargando Hernando Gil todos los reveses jurídicos de los últimos días, porque da la impresión de estar empecinados en hacerle un esguince a la ley, para atornillarse en el poder contra viento y marea.

Lo anterior se colige de todas las maromas que se vienen ejecutando mediante las cuales están desconociendo el Acuerdo 075 de 1.994 o Estatuto General de la Usco, con el fin de nombrar nuevamente al actual rector Hernando Gil Tovar, pese que la normatividad no les permite bajo ningún punto de vista un tercer periodo del cargo.

Repito: A Gil Tovar se le vence su segundo periodo el 23 de abril y no podrá ser designado de nuevo. El parágrafo del artículo 32 del Acuerdo No.015 del 14 de abril de 2004, determina que “El encargo podrá ser prorrogado por causa justificada hasta por una sola vez por el mismo término.” Y Gil ya los cumplió.

Pese a todas las advertencias, citaron para hoy 15 de abril a una sesión extraordinaria virtual al CSU, para “estudiar” el proyecto de Acuerdo, por medio del cual se suspende (como les parece) transitoria y parcialmente el parágrafo 32 del acuerdo o Estatuto General de la Universidad Surcolombiana, que es su constitución y es una norma particular.

Están suspendiendo su Constitución cuando el mismo acuerdo establece unos mecanismos muy particulares para modificarlo.

Aunque sé que en la USCO son campeones para demandar cualquier acto administrativo, da la impresión de que no sienten ningún temor, ni resentimiento, ni se ruborizan de seguir haciéndole daño a su segunda casa, porque ahora, repito: El Consejo Superior de la USCO estaría desacatando y desafiando a la Corte Constitucional, que en Auto del 21 de marzo de 2021 determino suspender provisionalmente el proceso de elección y designación del rector.

Ojo, la Corte suspendió no solo las campañas de “ELECCIÓN” sino la “DESIGNACIÓN” del rector y, además es de mala presentación que pesando sobre esta situación una obligación, sigan con este insensato propósito, cuando ni siquiera se tiene claro de que se pueda nombrar, designar o elegir o hacer una reforma en medio del proceso suspendido por la máxima instancia, garante de nuestra Constitución Política de Colombia.

La orden de la Corte es de carácter inmediata y surte efectos hasta que la Sala Plena profiera la sentencia del proceso T-7.798.671 por una Acción de Tutela incoada por la ex rectora Nidia Guzmán Durán, contra la Sección Quinta del Consejo de Estado, por presunta violación de sus derechos fundamentales.

El espíritu que perseguía la Asamblea Constituyente de 1991 al establecer la acción de tutela, es que se garantice este proceso complementario cuyo objeto es la protección concreta e inmediata de los derechos constitucionales fundamentales y esta situación jurídica, está siendo desconocida olímpicamente, tras pretender suspender la norma que rige sobre el encargo del rector en la Usco, para atornillarse en el cargo.

El rector encargado Gil y el consejo Superior han perdido tres acciones de tutelas importantes, mediante las cuales pretendían realizar la consulta estamentaria para elegir rector a como diera lugar y, ante dicho fracaso, ahora pretenden indefinidamente mantener el rector encargado, al cual se le venció esta situación administrativa, regulada y no solamente reglamentadas en el Estatuto General de la Usco, sino también en las normas del régimen de personal de los servidores públicos (ley 909 de 2004 entre otras).

Con este escrito reitero lo señalado en mi columna anterior, en la cual afirmo que no veo la razón por la cual pretendan de manera atropellada atentar contra el Estatuto General de la Usco, con el pretexto de encontrar una salida a la crisis. Por el contrario, están agravando esta delicada situación. Además, se podría presentar un presunto prevaricato, que en consecuencia, podría derivar en un delito de peculado por parte del rector si llegase a recibir salarios y demás emolumentos por factores salariales por conceptos de una posible designación en el cargo. ¡Que cumplan el mandato judicial! y no le hagan más daño a la universidad.

 

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