El Consejo de Estado confirmó la nulidad de la elección de Félix Felipe Trujillo Uribe como concejal del municipio de Neiva para el periodo 2024-2027, debido a una inhabilidad derivada de contratos con una entidad pública durante el año previo a las elecciones. Este fallo, en primera instancia, se basa en la normativa de la Ley 617 de 2000, que regula las inhabilidades para cargos de elección popular en Colombia.
El Diario del Huila se contactó con Trujillo, quien confirmó la decisión de la alta corte, aunque señaló que no hará comentarios adicionales hasta que reciba la notificación formal.
¿Por qué se anuló la elección de Félix Felipe Trujillo en Neiva?
El fallo del Consejo de Estado se fundamenta en un contrato firmado entre Trujillo y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) en febrero de 2023, cuando actuaba como representante legal de la empresa inmobiliaria Félix Trujillo Falla SAS. El acuerdo de arrendamiento, por un valor de aproximadamente $180 millones, fue suscrito en beneficio de esta entidad pública en Neiva menos de un año antes de las elecciones regionales, lo que configura una causal de inhabilidad según el artículo 40 de la Ley 617 de 2000.
La Ley 617 establece que los aspirantes a cargos de elección popular no pueden tener contratos con entidades públicas durante el año anterior a las elecciones. Este caso fue revisado y confirmado por el Tribunal Administrativo del Huila y ratificado ayer por el Consejo de Estado, dejando sin efecto la elección de Trujillo como concejal de Neiva.
Detalles del contrato con ESAP y otras investigaciones contractuales
El contrato con ESAP fue determinante para la nulidad de la elección, pero el proceso también incluyó otros acuerdos de la empresa Félix Trujillo Falla SAS. Aunque en septiembre de 2023 la empresa firmó un contrato con el Fondo Nacional del Ahorro, el tribunal no lo consideró en este fallo porque Trujillo no figuró directamente como firmante. Otro contrato, por $136 millones con el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana (Inurbe), fue igualmente investigado, aunque la Sala no llegó a conclusiones definitivas sobre su implicación en la causal de inhabilidad.
En un movimiento cuestionado, Trujillo fue sustituido en la representación legal de la empresa por su hermana, Liliana Trujillo Uribe, en noviembre de 2023, en lo que los demandantes interpretaron como una maniobra para ocultar la firma de los contratos.
Argumentos de defensa de Trujillo: ¿Intento de ocultar la inhabilidad?
Durante el proceso, Trujillo aceptó su rol como representante legal de la inmobiliaria y la existencia de los contratos, aunque alegó que algunos de ellos eran renovaciones de acuerdos previos. En cuanto a los recursos para financiar su campaña electoral, el concejal argumentó que su actividad profesional y los ingresos de su empresa familiar le permitieron costearla. Según su reporte al portal Cuentas Claras, los gastos de campaña superaron los $72 millones, de los cuales $67 millones fueron fondos propios.
Conclusión del Consejo de Estado: ¿Por qué la nulidad es definitiva?
El Consejo de Estado dejó en claro que la nulidad de la elección de Trujillo Uribe como concejal de Neiva obedece a la violación de una inhabilidad clara y aplicable, al haber firmado un contrato con una entidad pública en el territorio del municipio y dentro del período inhabilitante. Este fallo, respaldado por la demanda presentada por los ciudadanos Ernestina Perdomo Castro y Juan José Rodríguez Avendaño, cumple con los requisitos legales para anular la elección.
¿Qué sigue para Trujillo?
A pesar de la nulidad confirmada por el Consejo de Estado, Trujillo podrá continuar en su cargo mientras se formalizan los trámites de notificación y cualquier posible recurso de apelación. No obstante, este caso marca un precedente importante sobre la aplicación de las inhabilidades electorales en Colombia, asegurando que las normas sobre inhabilidades y transparencia en la gestión pública se respeten a nivel local y regional.