La Secretaría de Hacienda Departamental, ya tiene habilitados los pagos para el impuesto vehicular, quienes lo hagan antes del 31 de mayo podrán beneficiarse de un descuento del 15 por ciento. Para el caso del impuesto predial en Neiva, se aplicará un descuento del 12% para aquellos que realicen el pago antes del 30 de abril del presente año.
Diario del Huila, Economía
La Gobernación del Huila, a través de la Secretaría de Hacienda, ha lanzado el cronograma de pagos para los impuestos vehiculares con el objetivo de incentivar la puntualidad y premiar la responsabilidad fiscal de los contribuyentes. La Circular 01, recientemente emitida, establece plazos y descuentos especiales para aquellos que cumplan con sus obligaciones a tiempo.
Según la circular, todos los contribuyentes tienen hasta el 31 de mayo para realizar el pago oportuno del impuesto de vehículo. Aquellos que realicen el pago antes de esta fecha recibirán un atractivo descuento del 10%. Además, se ofrecerá un beneficio adicional del 5% para los contribuyentes que hayan cumplido puntualmente durante el año fiscal 2023.
La gran noticia es la Exención Total del 15% para aquellos contribuyentes que hayan pagado oportunamente tanto en el año actual como en el 2023. Este beneficio constituye un reconocimiento significativo para quienes han mantenido una conducta fiscal responsable.
Para quienes no logren realizar el pago dentro de los plazos establecidos, aún tendrán la posibilidad de cumplir con sus obligaciones. Hasta el 31 de julio, podrán pagar la tarifa plena, y a partir del 1 de agosto se aplicarán sanciones e intereses.
La Secretaria de Hacienda del Huila, Sonia Mora Orrego, extendió una invitación a los contribuyentes para que aprovechen los descuentos ofrecidos. «Abrimos las puertas en la oficina de Atención al Contribuyente desde las 7 de la mañana hasta las 11:30 a.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m. Allí, pueden solicitar la liquidación del impuesto e inmediatamente realizar el pago en el banco correspondiente», declaró.
Para obtener información más detallada sobre los plazos y beneficios mencionados, se alienta a los contribuyentes a visitar la oficina de Atención al Contribuyente, ubicada en el primer piso de la Gobernación del Huila. La administración busca facilitar el proceso y fomentar el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales, contribuyendo así al desarrollo sostenible del departamento.
Impuesto predial
Por su parte, la Alcaldía de Neiva instó a la comunidad a mantener la realización puntual de sus pagos de impuestos, destacando la importancia de estos recursos para el desarrollo, la recuperación del municipio y la implementación de programas sociales en beneficio de los ciudadanos neivanos.
Es esencial recordar que las fechas límite de vencimiento se corresponden con el último dígito del NIT de cada contribuyente. En relación con el impuesto predial, la Secretaría de Hacienda está en proceso de adoptar el acto administrativo emitido por el Gobierno Nacional, lo que facilitará la liquidación y emisión de los respectivos recibos de pago del impuesto. Es relevante señalar que la fecha tope para realizar estos pagos es el 31 de julio del año en curso.
Además, se ofrecen dos descuentos establecidos para aquellos que realicen el pago oportuno del impuesto predial. Por un lado, se aplicará un descuento del 12% para aquellos que realicen el pago antes del 30 de abril del presente año. Por otro lado, se otorgará un descuento del 5% para aquellos que realicen el pago previo al 31 de julio. Estos incentivos buscan motivar a los contribuyentes a cumplir con sus obligaciones de manera temprana, contribuyendo así al bienestar general de la comunidad y al desarrollo sostenible del municipio.
Otros impuestos
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha anunciado cambios significativos en la tributación por Presencia Económica Significativa (PES) en Colombia, estableciendo pautas claras para personas no residentes y entidades no domiciliadas que generen ingresos en el territorio nacional.
Según lo estipulado en el Estatuto Tributario, la tributación por PES se aplica a aquellos que obtengan ingresos por la venta de bienes y/o la prestación de servicios a clientes y/o usuarios en Colombia. Sin embargo, el artículo 20-3 del mismo estatuto exime de esta tributación a ciertas entidades, como aquellos con la calidad de establecimiento permanente de una sociedad extranjera o persona natural sin residencia en Colombia, sociedades nacionales filiales de extranjeras, y sociedades o entidades extranjeras con sede efectiva de administración en el país.
En términos de cómo se tributa por PES, los contribuyentes tienen dos opciones. La primera consiste en declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios utilizando el formulario designado, eligiendo entre aplicar o no la retención en la fuente. La segunda opción es pagar el impuesto mediante retención en la fuente.
Para aquellos que elijan la primera opción, es necesario inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT) con la responsabilidad de declarante del impuesto sobre la renta y complementarios, No. 004. La inscripción o actualización del RUT con la responsabilidad de la tributación por PES se puede realizar a través del servicio de ‘PQSR y Denuncias’ en la página web de la DIAN o agendando citas virtuales.
Las personas naturales deben presentar una copia de su documento de identidad, mientras que las sociedades y entidades deben proporcionar copias de los documentos que acrediten su existencia y representación legal, debidamente apostillados o legalizados, así como una copia del documento de identidad del representante legal.
Estas medidas buscan garantizar un cumplimiento tributario efectivo y transparente. Los contribuyentes se instan a seguir estas directrices para evitar posibles sanciones y contribuir al desarrollo fiscal del país.