Diario del Huila

¿Para qué títulos si hay puestos?

Mar 5, 2024

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Por: Juanita Tovar S.

“La experiencia se aprende, la honestidad no” es una frase que dijo el libretista y recién nombrado Director del Departamento de Prosperidad Social (DPS), Gustavo Bolívar, quien se posesionará en los próximos días para dirigir la entidad que maneja el dinero de los subsidios de la población vulnerable en Colombia y, tal vez, una de las entidades de mayor ejecución presupuestal de nuestro ordenamiento estatal. Pero justamente de ahí surgió el tema de esta columna, pues no deja de sorprenderme cómo los requisitos de idoneidad para ser nombrado en cargos del alto gobierno cada vez se ablandan más.

Por eso me parece importante analizarlo a lo largo de nuestra historia constitucional, pues los requisitos para ocupar altos cargos eran un dossier y no cualquier ciudadano podía ejercer esos puestos sin cumplir con toda una serie de credenciales, no solo académicas, sino incluso de carácter económico.

Desde el punto de vista legal, la idoneidad para ocupar especiales dignidades ha sido un asunto de importante entidad dentro de nuestro espectro constitucional, por ejemplo, la constitución de 1830 señalaba en su artículo 50 que entre los requisitos para ser elegido como senador era necesario: “ser dueño de una propiedad que alcance el valor libre de ocho mil pesos en bienes raíces, o en su defecto una renta de mil pesos anuales, o la de mil quinientos que sean el producto de algún empleo, o del ejercicio de cualquier género de industria o de alguna profesión que requiera grado científico”.

Por su parte, la constitución de 1886 establecía en su artículo 94 que para ser senador de la República era necesario: “ser colombiano de nacimiento, tener más de treinta años y disfrutar de mil doscientos pesos, por lo menos, de renta anual, como rendimiento de propiedades o fruto de honrada ocupación”. El espíritu de la norma constitucional era el de ubicar en estas altas dignidades a las personas de mayor preparación y de mejor solvencia dentro de estos cargos, sin embargo, el constituyente de 1991, en aras de dar congruencia a los principios constitucionales estilados en la nueva carta y avocando el derecho de la igualdad, modificó tajantemente estos requisitos. De ahí que, para ser elegido senador, el artículo 172 de nuestra carta establece: “se requiere ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y tener más de 30 años de edad en la fecha de la elección”, y nada más.

Así las cosas, desde la nueva carta los complejos e incluso en algunos casos excluyentes requisitos de idoneidad fueron modificados; de ahí que para ocupar cargos de elección popular, prácticamente las exigencias legales se circunscriben a la edad y a la condición de ser colombiano, razón por la cual importantes instituciones, como el concejo de Bogotá, han tenido célebres cabildantes que han provenido de ejercicios totalmente marginales a la política e incluso distantes a la academia, ejemplo de ello Luis Eduardo Díaz, el famoso lustrabotas, quien más allá de poner en tela de juicio si la experiencia y la honestidad son factores calificantes para la gestión pública, lo cierto es que su gestión rayó entre lo cómico y lo bochornoso, y en donde pudimos experimentar que esas circunstancias por lo general son desafortunadas.

O qué hablar del congreso de hoy en donde, sin restarle el mérito a ninguno de los honorables congresistas, muchos sin experiencia en lo público y con el único bagaje de ser activistas en redes sociales, llegan a desempeñar la compleja función legislativa. Son influenciadores y arengadores que hasta antes del 20 de julio de 2022 desconocían por completo la existencia de la ley 5 de 1992; no demos nombres para no herir susceptibilidades, pero ustedes bien los conocen.

Ahora bien, estas circunstancias no son solo materia exclusiva del legislativo, también se dan en el alto gobierno con la llegada de Gustavo Bolívar, nuevo director del Departamento de Prosperidad Social; Carlos Ramón González, nuevo director de la Agencia de Inteligencia; Carlos Carrillo, posible nuevo director de la Unidad del Riesgo, y de Cielo Rusinque, la nueva superintendente de Industria y Comercio, y no podemos pasar sin nombrar a Armando Benedetti como Embajador de Colombia en la Misión Permanente ante la FAO en Italia, y es aquí donde se han despertado las críticas alrededor de si estas personas están o no capacitadas, preparadas y si tienen la experiencia suficiente para asumir las carteras más importantes del Estado. De hecho, se habla incluso de si son activistas en vez de tecnócratas, y que el Presidente Petro está nombrando a los más afilados representantes de la izquierda para que integren su equipo en el gobierno.

Ejemplo de ello es que la UNIDIPLO que es la Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular de Colombia, acaba de emitir un comunicado expresando su preocupación por el nombramiento de Armando Benedetti como Embajador ante la FAO, y los argumentos son precisamente la idoneidad y la falta de requisitos formales necesarios para ejercer ese puesto; por ejemplo, que no acredita el dominio de un idioma diplomático distinto al español o del país de destino (Roma), que no pertenece a la Carrera Diplomática, que nunca pasó por un proceso de selección de mérito, pero que además, durante su ejercicio como embajador en Venezuela, Benedetti no demostró contar con las capacidades necesarias para ejercer ese cargo, además la UNIDIPLO considera que la posible designación de Armando Benedetti podría representar un riesgo reputacional para Colombia.

El mismo ejercicio se ha hecho con Gustavo Bolívar, con la ex ministra Irene Vélez y con toda una serie de funcionarios, no solo en este gobierno, sino que desde la misma promulgación de la constitución de 1991 han sido cuestionados por su falta de experiencia e incluso de idoneidad académica, circunstancia que a la luz de nuestra normatividad requiere un análisis muy profundo, pues para los casos puntuales del alto gobierno y de los cargos de elección popular, la puerta está abierta para que cualquiera, con esos requisitos mínimos de edad y de nacionalidad ocupen estas dignidades. Sin embargo, en otros países de la región se habla de corrupción cuando un funcionario es nombrado sin el lleno de los requisitos para ocupar dignidades de tan alta importancia.

Para nadie es un secreto que un gobernante debe rodearse de su círculo más cercano, pues es inviable que gobierne con la oposición o con sus enemigos políticos, pero ello no es licencia para designar en las más altas carteras a activistas cuya experiencia se remonta al manejo de redes sociales y dista de las rigurosas necesidades de la función pública. Lo cierto es que este es un llamado de atención al legislativo para que, a través de las herramientas legales, disponga de la normatividad regulatoria para estos delicados asuntos y así evitemos que nuestra institucionalidad esté plagada por desatinos de inexperiencia en el alto gobierno y con concejales montando en motocicleta dentro de las instalaciones de un cabildo. Por eso digo… ¿para qué títulos si hay puestos?

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