Polémica causó entre abogadas y feministas uno de los apartes de un fallo de tutela de la Corte Constitucional sobre el lenguaje inclusivo que fue publicado en agosto del año pasado. Según el texto del alto tribunal “los sustantivos masculinos genéricos se entienden que incluye en su referencia, en condiciones de plena igualdad y equidad, a hombres y mujeres”.
“En la presente providencia el uso de los sustantivos masculinos genéricos se entiende que incluye en su referencia, en condiciones de plena igualdad y equidad, a hombres y mujeres sin distinción de sexo. Por esta razón, siguiendo las recomendaciones de la Real Academia Española (RAE) en materia de uso del lenguaje inclusivo, en el texto de esta sentencia se prescindirá de la doble mención del género por considerarse innecesaria”, enfatizó el tribunal.
El exmagistrado Luis Guillermo Guerrero fue quien dictó el fallo en compañía a Alejandro Linares y Antonio Lizarazo, quienes salvaron el voto cuando estudiaron dos tutelas sobre mujeres víctimas de violencia intrafamiliar que pedían protección.
De acuerdo con la RAE, en sustantivos genéricos que están en masculino se designa a todos los individuos de la especie, sin distinción de sexos. Así, afirma este ente académico, que la mención del sexo femenino solo se justificaría cuando la oposición de sexos sea relevante para el contexto de lo que se quiere escribir o decir.
La decisión generó revuelo entre abogadas y colectivos feministas, quienes exigieron en redes sociales, mejorar la formación de los juristas en temas de inclusión.