Con ocasión de varias publicaciones en medios de comunicación, la Superintendencia de Transporte adelantó averiguaciones preliminares respecto a tres eventos donde al parecer se vulneraron los derechos de los usuarios frente al transporte de mascotas.
Tras realizar el respectivo análisis, la entidad abrió tres investigaciones e imputó cargos contra la aerolínea EasyFly S.A., la agencia de viajes Bestravel Service Ltda., la sociedad Aerocafeteros Cargo S.A.S., la sociedad Velotax Ltda., y una persona natural, por presuntamente no prestar un servicio de calidad e idoneidad.
De ser encontradas responsables, las posibles sanciones para las tres investigaciones administrativas adelantadas por la Superintendencia podrían rondar, en conjunto, los 2.753 salarios mínimos mensuales vigentes, equivalentes a cerca de $ 2.501’172.078.
La Supertransporte, en ejercicio de sus funciones, despliega las acciones necesarias para velar por la protección de los derechos de los usuarios y de sus mascotas, buscando que puedan acceder a un servicio idóneo y de calidad. Así mismo, acompaña a los empresarios para el riguroso cumplimiento de las normas del sector.
Fueron tres casos en específicos, en los que presuntamente se vulneraron los derechos de los usuarios en cuanto al transporte de mascotas, los que evidenciaron esta problemática. El primero se trata de Homero, nombre del perro que falleció en un avión que cubría la ruta Puerto Asís – Cali. El segundo involucra al perro Paris, una mascota transportada por vía terrestre que falleció al momento de llegar a su destino, en Cali, y finalmente está un hecho relacionado con dos perros transportados por vía terrestre, presuntamente en costales, desde Pereira hasta Ibagué.
El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, señaló que “las mascotas son una parte indispensable en la vida de muchas personas. Por eso, en la Supertransporte, dentro de nuestras competencias, velaremos para que lleguen sanas y salvas al lugar de destino cuando viajen en transporte aéreo, terrestre o fluvial”.
En atención a ese compromiso y a los casos publicados, la Superintendencia de Transporte, como autoridad de protección a usuarios del sector, llevó a cabo averiguaciones preliminares tendientes a evidenciar si existían méritos para iniciar investigaciones administrativas, dando como resultado la apertura de tres casos que llevaron a formulación de cargos.
Los cargos imputados a las empresas tienen que ver con sus obligaciones de proveer información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre el servicio ofrecido a los usuarios
En caso de ser encontradas responsables las sociedades y la persona natural imputadas, se podrán hacer acreedoras de las siguientes sanciones:
Por los incumplimientos de las normas del Estatuto del Consumidor -Ley 1480 de 2011- a multas de 1 a 700 salarios mínimos mensuales vigentes tratándose del transporte terrestre, y de 1 a 2.000 salarios mínimos mensuales vigentes para el transporte aéreo.
Por la infracción al numeral 3.10.3.4 de los RAC, una multa de hasta 22 salarios mínimos mensuales vigentes para la aerolínea EasyFly S.A.
Por la infracción al numeral 3.10.1.1 de los RAC, una multa de hasta 15 salarios mínimos mensuales vigentes, para la agencia de viajes Bestravel Service Ltda. y la persona natural.
En total, para las tres investigaciones administrativas adelantadas por la Superintendencia de Transporte podrían imponerse multas de hasta 2.753 salarios mínimos mensuales vigentes, equivalentes a $ 2.501’172.078.
Contra las resoluciones de inicio de investigación administrativa y formulación de pliego de cargos, no procede recurso alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 47 de la Ley 1437 de 2011. Se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa. Se precisa que los procedimientos sancionatorios iniciados se realizarán de conformidad con lo establecido en la ley.