La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilito por 10 años al auxiliar administrativo, Michael Alexis Charry Apache, adscrito a la Institución Educativa Enrique Olaya Herrera de Neiva, por realizar acciones indebidas contra cuatro estudiantes del plantel educativo.
El ente de control comprobó que el investigado exhibió contenido pornográfico a las menores de edad, y vulneró la esfera íntima y personal de una de las estudiantes.
Para la Procuraduría Provincial de Neiva, Charry Apache quebrantó los principios y normas que rigen la conducta del servidor público al no tratar con respeto, a las menores de edad con quienes tenía relación por desempeñarse como funcionario en el plantel educativo, y no garantizar a los niños, niñas y adolescentes los derechos fundamentales a la vida e integridad física y moral.
Entre las normas incumplidas el Ministerio Público citó el artículo 226 del Código Penal denominado injuria por vías de hecho, al adelantar acciones deshonrosas contra menores de edad.
La falta fue calificada como gravísima a título de dolo.