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Procuraduría emitió pliego de cargos contra Victoria Castro ¿Qué responde?

Oct 11, 2022

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Procuraduría Regional del Huila formuló pliego de cargos contra la concejal Victoria Eugenia Castro por una presunta falta disciplinaria que atenta contra el principio de la moralidad pública. Al parecer, la concejala ‘astutamente’ hizo una ‘jugadita’ que hoy la tiene en entredicho. Ante esto, la cabildante indicó que se acogerá al proceso para demostrar que es una persona transparente.  

DIARIO DEL HUILA, PRIMER PLANO

Por: Johan Eduardo Rojas López

Pliego de cargos contra la concejal Victoria Eugenia Castro formuló la Procuraduría Regional del Huila, a razón de una ‘jugadita’ que presuntamente habría realizado. Por lo anterior, se aperturó una investigación que concluyó, al parecer, en que existiría la posibilidad de constituirse una falta disciplinaria, toda vez que, atenta contra el principio de la moralidad pública.

Diego Tello Esquivel, Procurador Regional del Huila, manifestó que, “la concejal fue denunciada a través de una queja presentada por el presidente del concejo de Neiva del 2021, Deiby Martínez, quien informó a la Procuraduría Regional del Huila, unas presuntas irregularidades que, según ellos, podían constituir falta disciplinaria. En este caso denunció unos hechos en donde la concejal Victoria Castro solicitó al Concejo de Neiva, que no le pagaran unos honorarios a partir del mes de febrero del año 2021”.

En razón de ello, de acuerdo con los elementos probatorios y soportes que fueron anexados a la queja, se aperturó una investigación disciplinaria donde se terminaron de recaudar unas pruebas y se concluyó que,  al parecer, existe la posibilidad de constituirse una falta disciplinaria por atentar contra el principio de la moralidad pública, consagrado en el artículo 209 de la Constitución Política, por tanto, se decidió proferir un pliego de cargos por una falta disciplinaria a título de culpa grave en calidad de dolo en contra de la cabildante.

Aunque las razones puntuales de la solicitud hecha por la concejal al Concejo de Neiva son materia de investigación, según lo que se ha indicado y las pruebas que se han recaudado, al parecer esta decisión se tomó para evitar que se hiciera efectiva una medida cautelar de embargo de sus honorarios de las sesiones ordinarias y extraordinarias, de una plata que adeudaba.

La intención presuntamente era evitar una medida cautelar ordenada por un Juzgado Civil de la ciudad de Neiva, que, al parecer, “viene adelantando un proceso ejecutivo a raíz de una deuda que le adelanta un acreedor a esta concejal. Según lo que se tiene, aproximadamente se estaría hablando de unos $80 millones”, agregó el Procurador Regional

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La concejal responde  

Ante esto, la concejal Victoria Eugenia Castro, aclaró que, “esto se trata de una acción o un acontecimiento de mi vida personal que no tiene nada que ver con mi actividad como concejal o como presidente de la corporación en el año 2020. Se refiere a un oficio que yo remito a la presidencia de la Corporación en el año 2021 solicitando no se me paguen los honorarios hasta tanto no salieran los resultados de una auditoría de la Contraloría Municipal que se iniciaba por una serie de inquietudes, que había presentado Concejo y Asamblea Visible”

Según la concejal, se encargaron de dar respuestas a esas inquietudes desde el 15 y 16 de diciembre del año 2020. Una vez se inició la auditoría fue entonces cuando se solicitó que se pararan los honorarios hasta que no se pudiera corroborar por parte de ese ente de control que no existía detrimento patrimonial en la vigencia 2020 donde se desempeñaba como presidenta de la Corporación Concejo de Neiva.

Afirmó además que, pese a estar en total desacuerdo con la decisión que se ha tomado, siempre ha sido respetuosa con los entes de control y, por tanto, presentará los descargos oportunamente y se acogerá al proceso para demostrar que es una persona transparente. No obstante, informó que, hasta el momento no ha sido notificada de la decisión.

“Los neivanos pueden tener la tranquilidad de que jamás, bajo ninguna circunstancia, en el 2020 se presentó la pérdida o la disminución del patrimonio de la ciudadanía. Los procesos disciplinarios se deberían llevar únicamente en torno a investigar y esclarecer esos hechos que se presentan en razón de nuestro trabajo. Esa labor que hemos desarrollado como concejales y como presidentes de la Corporación, no tiene tacha alguna y lo hemos venido demostrando como lo manifestó la Contraloría Municipal cuando efectivamente dijo que no existía afectación al patrimonio de la Corporación durante la vigencia del 2020”, declaró

Concluyó que ella ha venido adelantando procesos muy importantes para desmantelar muchas cosas que han hecho que ganen algunos enemigos políticos. “Seguramente también tiene algo que ver con que se acercan las contiendas electorales. Vuelvo y lo repito, con la frente en alto estaremos dándole la cara a los neivanos y yo sé que la verdad saldrá a la luz en el momento oportuno”, comentó.

Pliego de cargos contra la concejal Victoria Eugenia Castro formuló la Procuraduría Regional del Huila

¿Moralidad Pública?

La Constitución Política de Colombia en el artículo 209 desarrolla el principio fundamental de moralidad pública dirigido especialmente a los funcionarios públicos y establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de la igualdad, moralidad, eficacia, economía celeridad, parcialidad y publicidad. En este caso, se menciona el principio de moralidad mediante el cual las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del estado.

“Consideramos que los servidores públicos en este caso, tienen que materializar este principio de la moralidad pública en calidad o ejerciendo su investidura como servidor público. Tiene que dar ejemplo a toda la sociedad. Por lo tanto, consideramos que esta funcionaria en mayor razón, de elección popular, tiene que acatar al momento de posesionarse como servidores públicos la constitución en la ley y dentro de esas obligaciones y deberes, existe la de acatar este principio de la moralidad pública y no incurrir dentro de las prohibiciones que también les señala la ley que se han establecido en el pliego de cargos. Incumplir en cualquier decisión judicial o que permita obstaculizar su ejecución, puede constituir una trasgresión no solamente a la ley sino también a la Constitución y como se ha dicho, a este principio de moralidad pública”, puntualizó Tello Esquivel.

Por ahora queda esperar que se ejerza el derecho a la defensa y una vez se venza ese término establecido por la ley para que ellos presenten sus correspondientes descargos, se trasladará por competencia a la Procuraduría Regional de Juzgamiento competente para que adelante esta etapa de juicio y se entre a decidir si efectivamente se debe sancionar o no por esta conducta presuntamente desarrollada o ejecutada por parte de esta concejal.

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