Después de escuchar la vehemencia de la Fiscalía manifestada en la audiencia donde le formuló cargos al excandidato presidencial por seis delitos: enriquecimiento ilícito de particulares, dos falsedades en documentos y tres fraudes procesales; sustentados en haber permitido que la constructora Odebrecht le pagara una cuenta de campaña por un millón seiscientos mil dólares que se le debían al publicista brasilero Duda Mendoza, quién al parecer hacía milagros; cargos según los cuales, los hechos trascienden de la simple falla de cuentas electorales de la campaña, que obviamente no registraron el aporte y seguramente se volaron los topes; sino que trascienden a los ilícitos penales que se le imputan; pensaría cualquier observador desprevenido, que lo más prudente habría sido aceptar los cargos y hacerse a la rebaja del 50% que ofrece el sistema penal acusatorio cuando ello sucede.
Pero además, parecería que los hechos, independientemente de la discusión sobre su trascendencia hacia los ilícitos penales que se imputan, se encuentran debidamente acreditados por las grabaciones que salieron en los medios de comunicación que fueron entregadas al ente acusador por el señor Daniel Garcia Arizabaleta, quien fungió en el pasado como Director del Instituto Nacional de Vías y quién es investigado por los delitos de soborno pagados por Odebrecht para hacerse a algunos contratos de infraestructura pública; quien para obtener beneficios a su favor, no obstante que en otra época declaro todo lo contrario afirmando no saber de dichos movimientos financieros; ahora funciona su memoria para negociar con la Fiscalía su impunidad bajo el principio de oportunidad y entrega las grabaciones que tomó sin la autorización del interviniente.
Sin embargo, en el análisis efectuado por los imputados y sus defensores, tienen que haber calculado muy bien la estrategia de defensa. Allí es donde viene a cuento la llamada” doctrina del fruto del árbol envenenado”, según la cual las pruebas que se han obtenido de manera ilícita, se encuentran viciadas y no pueden ser tenidas en cuenta por el juez para soportar una sentencia de condena. Significa lo anterior que las pruebas que tiene la Fiscalía pueden estar viciadas con esta anomalía; tanto las grabaciones por haberse efectuado en forma soterrada y sin consentimiento, como el testimonio del exdirector del INVIAS. De no exhibir otras, no habría fundamento probatorio, siquiera para acusar a los imputados.
Si la Fiscalía no presenta otras pruebas que fundamenten sus cargos, podríamos decir que los colombianos estamos presenciando un gran “oso jurídico” al frustrase una investigación por carecer de soporte probatorio lícito y dar paso a una impunidad como lo han sido todos los temas relacionados con la multinacional Odebrecht, que al parecer financió varias campañas políticas en Colombia y sobornó funcionarios por todo el continente americano.
Para rematar, quienes en su momento tuvieron en sus manos la investigación como autoridades electorales, se hicieron los de la vista gorda, corriendo presurosos a cerrarlas; hoy ocupan altos cargos en la nación.