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¡Se acabó la fiesta! Neiva prohíbe consumo de drogas y alcohol en público

Mar 7, 2024

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En firme quedó el Decreto 0204 de 2024, que prohíbe el consumo de estupefacientes y alcohol en espacios públicos de la capital del Huila. La medida busca proteger entornos escolares, instituciones de salud y espacios públicos recreativos y culturales del municipio de Neiva en defensa de los intereses de los niños, niñas y adolescentes de la ciudad.

Diario del Huila, Neiva

El Decreto 0204 de 2024, anunciado por el alcalde Germán Casagua Bonilla, establece medidas concretas para controlar el porte, consumo y distribución de sustancias psicoactivas y alcohólicas en todo el municipio.

Estas restricciones estarán vigentes las 24 horas del día, los siete días de la semana, y tendrá especial atención en zonas cercanas y dentro de centros educativos, instituciones de salud, parques, escenarios deportivos, bibliotecas públicas y durante jornadas de ciclovías.

En busca de proteger nuestros niños, niñas, y jóvenes, que es una de nuestras grandes prioridades, decretamos la prohibición al consumo y distribución de sustancias psicoactivas como también el consumo de bebidas embriagantes, en escenarios deportivos y culturas, como en los entornos educativos. Nuestros niños y niñas, son nuestra prioridad, por eso vamos a defender sus derechos”, exhortó el mandatario de los neivanos.

Según el decreto, la Policía Nacional estará autorizada para ordenar el retiro de la zona del perímetro a cualquier persona que se sorprenda consumiendo dosis personales de sustancias prohibidas durante las actividades de control.

«Si durante las actividades de control a la distribución, ofrecimiento y/o comercialización de sustancias psicoactivas, tanto naturales como sintéticas, y bebidas alcohólicas y/o embriagantes, dentro de los perímetros de lugares establecidos en el presente Decreto se identifica el consumo de la dosis personal, los uniformados de la Policía Nacional ordenarán a la persona el retiro de la zona del perímetro”, señala el articulo 2 del decreto.

Conducción de menores

Además, se establece que si se encuentra a menores de edad consumiendo o bajo los efectos de estas sustancias, se los llevará ante la defensoría o Comisaría de Familia para iniciar los procedimientos correspondientes. Si se sorprende a adolescentes entre 14 y 17 años distribuyendo, ofreciendo o comercializando sustancias psicoactivas, las autoridades les aplicarán medidas aún más estrictas, conduciéndolos de inmediato ante la defensoría o comisaría de familia.

En casos en los que se utilice a niños y niñas menores de 14 años para actividades relacionadas con estas sustancias, las autoridades los someterán a procesos de restablecimiento de sus derechos.

Las autoridades también han advertido que se tomarán medidas correctivas contra aquellos que violen estas disposiciones, ya sea mediante consumo, porte, distribución, ofrecimiento o comercialización de sustancias psicoactivas en espacios públicos.

Además, en el artículo sexto, las copropiedades bajo el régimen de propiedad horizontal tienen la opción de solicitar asistencia a la Policía Nacional. Dentro de su competencia, la Policía garantizará el cumplimiento de las disposiciones adoptadas por la copropiedad, las cuales prohíben el consumo de sustancias psicoactivas o bebidas alcohólicas y/o embriagantes en las áreas de las zonas comunes.

Ruta de atención

Por otro lado, en el artículo octavo del decreto, denominado «ruta de atención«, se ordena a la Secretaría de Salud Municipal de Neiva (H) activar la ruta integral de atención para la población en riesgo o con presencia de trastornos mentales y comportamientos evidentes debido al uso de sustancias psicoactivas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Salud.

Asimismo, en el artículo noveno, titulado «socialización y pedagogía», se establece que la Secretaría de Gobierno, en coordinación con las demás dependencias de la administración municipal y la Policía Metropolitana de Neiva – Huila, llevarán a cabo actividades informativas, educativas y pedagógicas sobre el alcance, contenido y consecuencias del presente Decreto.

Otros municipios

Por otra parte, el primer mandatario en el Huila, en tomar esta decisión fue Francisco Calderón, alcalde de Garzón, el Decreto 030 de 2024: prohibir el consumo de sustancias psicoactivas en lugares públicos, incluyendo parques y alrededores de zonas escolares. Asimismo, se han ido sumando otros municipios como lo es Timaná en el sur del Huila.

Consumo

Según la Política Nacional de Drogas 2023-2033, en Colombia el 10,3% de la población en edades entre 12 y 65 años ha consumido sustancias psicoactivas ilícitas alguna vez en la vida y cerca de 800.000 personas (3,4%) reportan consumo en el último año, porcentaje que es más de dos veces superior en hombres que en mujeres.

La edad de inicio promedio se sitúa a los 14.1 años, que corresponde a la intersección entre la adolescencia y la juventud.

La marihuana es la sustancia ilícita de mayor uso en el último año (2,7% de la población, cerca de 640.000 personas), seguida por la cocaína (0,6%, cerca de 136.000 personas), éxtasis (0,2%, cerca de 37.400 personas), basuco (0,1%, cerca de 24.000 personas), y heroína (0,02%, cerca de 3.600 personas).

Con esta acción, la Alcaldía de Neiva busca garantizar un entorno seguro y saludable para sus ciudadanos más jóvenes, reforzando la protección de sus derechos fundamentales y promoviendo un ambiente libre de drogas y alcohol en los espacios públicos de la ciudad.

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