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Seis excabecillas de las Farc-EP imputados por reclutamiento de menores

Nov 13, 2024

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La Sala de Reconocimiento de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) imputó a seis exintegrantes del último Secretariado de la guerrilla de las Farc-EP por su presunta responsabilidad en crímenes de guerra relacionados con el reclutamiento de menores.

Entre los delitos imputados están la utilización de niños y niñas en el conflicto armado y múltiples abusos, como tortura, homicidio, violencia sexual, reproductiva y discriminación por orientación sexual o identidad de género diversa. Los excabecillar llamados a reconocer su responsabilidad son Rodrigo Londoño Echeverry, Jaime Alberto Parra Rodríguez, Milton de Jesús Toncel Redondo, Pablo Catatumbo Torres, Pastor Lisandro Alape y Julián Gallo Cubillos.

El análisis de la Sala se basó en una extensa revisión de documentos: 77 informes de organizaciones de víctimas y 8 de entidades del Estado, sumados a 951 testimonios de sobrevivientes y familiares de víctimas desaparecidas. También se acreditó de manera colectiva a pueblos étnicos como Koreguaje, Hitnu, Bari, Sikuani y Cubeo, con un total de 8.903 personas afectadas. Con este conjunto de pruebas, la Sala logró reconstruir un histórico de reclutamiento que documenta 18.677 víctimas menores de edad.

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La imputación especifica cinco patrones de macrocriminalidad dentro de la vida intrafilas de las Farc-EP: el reclutamiento de menores de 15 años, torturas y malos tratos, homicidios de menores, violencia sexual, y violencia basada en prejuicio contra niños y niñas con identidades de género diversas. La responsabilidad de los imputados fue determinada no solo por sus cargos, sino también por su liderazgo en la toma de decisiones estratégicas y su participación en las Conferencias Nacionales Guerrilleras, donde se definieron las políticas de la guerrilla. Según la Sala, estos excomandantes fallaron en evitar y sancionar los crímenes de guerra contra los menores en las filas de la organización.

En el caso de Rodrigo Granda, quien era suplente y no miembro permanente del Secretariado, se concluyó que su participación no incluyó la toma de decisiones sobre el reclutamiento y las condiciones de vida de los menores en la guerrilla, por lo que no fue imputado en este fallo. Con este auto de Determinación de Hechos y Conductas, la JEP avanza en su misión de esclarecer y responsabilizar a los máximos líderes de la antigua guerrilla por los graves crímenes cometidos durante el conflicto armado en Colombia.

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