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SIC protege a docente a la que Finsocial cobró $87 millones por un préstamo de 24 millones

Dic 24, 2023

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) tomó medidas para proteger los derechos de una docente del municipio de San Pedro de Urabá, Antioquia, sancionando a la empresa FINSOCIAL S.A.S. por publicidad engañosa, violación del derecho a la protección contractual y faltas en la idoneidad de la calidad de un crédito.

En 2021, la docente Carmen Cecilia Lora Carrascal solicitó un crédito por libranza de $24.300.231 a la fintech FINSOCIAL. Sin embargo, la empresa, que se promociona ofreciendo soluciones crediticias tecnológicas de libre inversión y consumo para diversos grupos, le liquidó un préstamo por $87 millones.

«Me di cuenta un año después, cuando solicité un certificado de deuda, que me aparecía el doble del valor que yo había solicitado del crédito, para mí fue algo muy impactante. Me dije no puedo permitir que esto me pase», expresó la docente.

Además de los pagos mensuales por el crédito, la docente realizó un abono a capital de $15 millones. A pesar de esto, la empresa continuó descontando la misma cuota mensual y mostrando una deuda superior a la real.

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La Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales, al fallar a favor de la docente, ordenó a FINSOCIAL reliquidar el crédito y devolver el dinero pagado en exceso. También se ordenó suspender los descuentos por nómina hasta que la obligación sea reliquidada.

La SIC, en su sentencia, advirtió que en la reliquidación del crédito no se deben incluir cobros indebidos como los relacionados con tasa de reestructuración, fianza, seguro de cumplimiento, fondo de previsión, seguro voluntario y la garantía del Fondo Nacional de Garantías (FNG).

Considerando que FINSOCIAL admitió que la forma de tramitar el crédito de la docente es la misma que utiliza para otros clientes, la SIC impuso una multa de más de 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes a $58 millones. Además, se ordenó una investigación sobre fallas en la información y cobros indebidos por parte de la Delegatura de Protección al Consumidor.

La empresa tiene 30 días hábiles para cumplir con las órdenes de la sentencia y cubrir los gastos del proceso en los que debió incurrir la demandante.

La docente Carmen Cecilia Lora Carrascal comentó sobre la sentencia: «En este proceso se demostró que ellos no me habían entregado ese dinero, no me habían dado a conocer todos estos costos accesorios que justificaron. Realmente, para mí, la sentencia del juez fue algo justo. Allí vi recogida cada lágrima, cada día de espera, cada tormento, cada situación, porque realmente brilló la verdad».

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