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Timaná: el pleito por los silos que desató el Consejo de Estado

Jun 19, 2024

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Los hechos ocurrieron desde 2015 en los barrios Las Ferias y La Cruz del municipio de Timaná. Todos los establecimientos (como el matadero) tendrían que salir de estos sectores del municipio.

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Carlos Andrés Pérez Trujillo

Luego de debatirse por nueve años en los despachos judiciales si era legal o no la permanencia de unos silos de café en zona residencial del municipio de Timaná, esta semana se conoció la decisión del Consejo de Estado que dio por terminado este pleito.

De esta forma le ordenó al municipio que en un plazo de un año –a través de procesos policivos-, restablezca la condición de zona residencial (o la que sea del caso) “a todos y cada uno de los predios donde se encuentren silos que no estén ubicados en las zonas permitidas”.

Esta imagen de 2013 (dos años antes de la tutela) se evidencia la Plaza de Ferias en el barrio Las Ferias de Timaná. Esto también sufriría afectación con la decisión del Consejo de Estado.

Así las cosas, se abre la posibilidad para que otros establecimientos comerciales e industriales, que al parecer se encuentra ubicados en el barrio Las Ferias y La Cruz de Timaná, puedan ser retirados del lugar. Por ejemplo, el matadero o la Plaza de Ferias.

Por otro lado, declaró que el municipio está violando las disposiciones legales para que se realicen construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando el uso del suelo que en este caso tiene como objetivo el de zona residencial. Así mismo, señalaron a los señores Nelson Bermeo Anturi, Carlos Darío Bermeo y Emilson Ramos, de no respetar la normatividad en el pueblo.

Wilson Díaz Sterling, fue el alcalde de la época en Timaná. También recientemente fue personero de Neiva.

Además, le ordenó al municipio que de ahora en adelante “bajo responsabilidad del alcalde, proceda, a exigir a todos los particulares a hacerse a la licencia o permiso del uso del suelo para desarrollar sus actividades económicas, especialmente en lo que tiene que ver con el secado de café por silos en el municipio”. Ante esta orden nos intentamos comunicar con el alcalde del municipio, Edwin Cárdenas Gasca, quien manifestó desconocimiento del tema.

El próximo mes de agosto la personería municipal en compañía de un agente del Ministerio Público, deberá rendir un informe del cumplimiento de esta orden judicial emanada del Consejo de Estado.

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La historia de una incomodidad

La historia de la incomodidad por dos silos de café en Timaná comenzó el 16 de junio de 2015. En esa fecha el señor Alberto Bermeo Torres, residente del Barrio “Las Ferias”, presentó al municipio una queja en la que ponía en conocimiento la construcción de dos silos de café de propiedad de los señores Neftaly Bermeo y Carlos Darío Bermeo Estupiñán. Según su parecer, afectaban la comunidad del sector, pues la sometía a fuertes ruidos y “olores perturbadores”; además, señaló en s momento, dichas construcciones desconocían las disposiciones previstas en el Esquema de Ordenamiento Territorial municipal (EOT).

Ante esta situación Carlos Darío Bermeo Estupiñán dijo que desde el año 1998 es propietario de un secadero de café ubicado en el barrio Las Ferias, cuyo sector se caracteriza por el desarrollo de actividades artesanales y culturales, así como por la presencia del “matadero municipal”; y que si bien la zona tiene un uso de suelo residencial “en consolidación”, ello no impide el desarrollo de actividades comerciales o industriales.

Diez días después de radicar la queja, Alberto Bermeo presentó una acción de tutela, que fue negada por el Juzgado Único Promiscuo Municipal  de Timaná , justificando la negativa en que “… al momento de la diligencia de la inspección judicial, los silos de café de los accionados, se encontraban abandonados desde hacía 4 años, y que el accionante (el señor Carlos Alberto Bermeo Torres) para el momento no se encontraba viviendo en el lugar donde residía para demostrar que estaba siendo perjudicado en sus derechos fundamentales …”.

Pese a esto Bermeo indicó que en la diligencia de inspección que realizó la personería se pudo verificar que los dos silos sí estaban en funcionamiento. Por esta razón, procedieron a presentar una acción popular.

La petición

Lo que pretendía esta acción popular era que el alcalde de la época (Wilson Díaz Sterling) y  la CAM realizaran acciones necesarias, tendientes a recuperar el goce del ambiente sano el espacio público, la realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas.

Además, pedían el cierre y reubicación de los silos esto en consonancia con el Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT), asimismo que se hiciera desde la alcaldía todo lo pertinente para expedir los actos administrativos del caso para consolidar la Zona Industrial en el municipio.

En muchos sectores de Timaná, que tienen una vocación comercial, deberán cambiar de lugar, ya que en zona residencial no pueden estar.

La CAM por su parte dijo que los problemas con estos silos ya se habían acabado ya que el el 27 de octubre de 2015 realizó una visita en la que se ordenó la suspensión inmediata de toda actividad que generara emisión de gases y vapores al interior del silo, hasta tanto se implementara un dispositivo para su adecuada emisión.

Para la entidad encargada de velar por la protección ambiental, el 12 de enero de 2016, realizó una visita de seguimiento, materializada en el Concepto núm. Vs08/16 de 12 de enero de 2016, en el que concluyó que, respecto del silo del señor Carlos Darío Bermeo, no había evidencia de afectación ambiental, dado que no se encontraba en funcionamiento. Además, se dejó claro que debía contar con el certificado del uso del suelo por parte del municipio.

Por otro lado, en relación con el silo de Nelson Bermeo, la CAM manifestó que en visita realizada el 7 de octubre de 2015 estableció la existencia de un silo en funcionamiento que no contaba con certificado de uso del suelo, ni dispositivos para el manejo de la dispersión, situación que se calificó como de afectación ambiental moderada, por lo que mediante la Resolución núm. 2400 de 8 de octubre de 2015, le impuso una medida preventiva de suspensión de actividades que generaran emisión de gases y vapores al interior del silo.

Por su parte, Emilson Ramos, uno de los propietarios del silo, aseguró que contaba con un solar bastante amplio en el que estaba instalado el silo, el cual no tocaba ninguna de las paredes del vecindario, permitiendo su oxigenación. Entre tanto, Nelson Bermeo, el otro propietario, sostuvo que, antiguamente, la zona en la que construyó el silo fue industrial, pero que, al parecer, en la actualidad era “semi – industrial”, lo que le permitía desarrollar su actividad, de ahí que no haya vulnerado ninguna norma de planeación ni el EOT, aunado al hecho de que esta era su única fuente de ingresos y la de su familia.

Luego de escuchar a todas las partes, el 12 de julio de 2022 el Tribunal Administrativo del Huila amparó el derecho colectivo de realizar construcciones edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídicas.

Ante esta decisión fue el municipio de Timaná quien impugnó la decisión en defensa de los secaderos de café y de los particulares propietarios, con dos justificaciones: primero, que no afectaban la salud; y segundo:  el café era la base para el desarrollo económico del municipio.

En octubre de 2022 es trasladado el proceso ante el Consejo de Estado y allí el despacho ratifica la decisión de primera instancia e insta en la decisión a la protección del medio ambiente.

La decisión del Consejo de Estado genera consecuencias en otros establecimientos comerciales que funciona en zona residencial.

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