Diario del Huila

¿Ya hizo las cuentas para pagar la prima?

Jun 15, 2023

Diario del Huila Inicio 5 Nacional 5 ¿Ya hizo las cuentas para pagar la prima?

Gloria Camargo

La prima de junio es un beneficio laboral muy esperado por los trabajadores en Colombia. Se trata de un pago adicional que reciben los empleados a mitad de año, equivalente a un salario mensual. Sin embargo, para muchos trabajadores, el cálculo de la prima puede resultar confuso. A continuación, explicaremos paso a paso cómo calcularla correctamente y resolver algunas dudas comunes al respecto.

El cálculo de la prima de junio es bastante sencillo. Solo se necesitan dos cosas: una calculadora y la información sobre cuántos días ha trabajado el empleado en los últimos seis meses, incluyendo los días no laborables.

El primer paso consiste en multiplicar la cantidad de días trabajados por el salario mensual del empleado. Por ejemplo, si alguien gana un sueldo de tres millones de pesos mensuales y ha trabajado durante cuatro meses, lo cual equivale a 120 días, se debe multiplicar esta cifra por el salario mensual. En este caso, el resultado sería de un millón de pesos.

Le puede interesar: Procuraduría abrió investigación disciplinaria al presidente del Fondo Nacional del Ahorro

Una vez obtenido el resultado de la multiplicación, se divide entre 360. Esta cifra representa los días del año, incluyendo los días no laborables. Siguiendo el ejemplo anterior, el cálculo sería el siguiente: 1,000,000 / 360 = 2,777.78 pesos. Por lo tanto, la prima de mitad de año de esa persona sería de dos millones setecientos setenta y siete mil setecientos ochenta pesos.

Es importante destacar que el auxilio de transporte debe incluirse en el cálculo de la prima de servicios y las cesantías, ya que forma parte de la base de las prestaciones sociales, según lo establecido por el Ministerio de Trabajo.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que existen casos en los que los trabajadores no tienen derecho a la prima de mitad de año. Estos incluyen a aquellos con contratos de prestación de servicios, ya que no tienen una relación directa o de dependencia con el empleador. También están excluidos los trabajadores con contratos de aprendizaje, como practicantes universitarios o becarios, y aquellos con salarios integrales que superen los 10 salarios mínimos mensuales.

Le puede interesar:

En el caso de que el empleador no cumpla con el pago de la prima de mitad de año en la fecha límite establecida, se enfrentará a una sanción moratoria. Esta sanción implica pagar al trabajador un día de salario por cada día de retraso en la entrega del beneficio. El monto de la sanción será entregado al propio trabajador, como establece la normativa laboral vigente.

Según lo establecido por el Ministerio de Trabajo, el pago de la prima de mitad de año no puede pasar del mes de junio, por lo que lo normal es que la mencionada prima se pague en la primera quincena de este mes o al final del mismo. Es importante destacar que esta fecha límite es inamovible y todos los empleadores están obligados a cumplir con esta disposición dentro del período mencionado.

En resumen, la prima de junio es un beneficio laboral muy esperado por los trabajadores en Colombia. Para calcularla correctamente, se deben multiplicar los días trabajados en los últimos seis meses por el salario mensual y dividir el resultado entre 360.

Tal vez te gustaría leer esto

Abrir chat
1
¿Necesitas ayuda?
Hola, bienvenido(a) al Diario del Huila
¿En qué podemos ayudarte?