Una acción popular interpuesta por un ciudadano, ante el Juzgado Administrativo del Circuito de Neiva, en la que alega la violación de los derechos a un ambiente sano, moralidad administrativa y otros conexos, ha sido clave para que se trabaje en el desmonte la publicidad política, dejada por algunos candidatos en la ciudad. Por ende la Personería Municipal, va a realizar la verificación con el fin de que la Alcaldía de Neiva, establezca las respetivas amonestaciones.
Y es que el decreto 432 de 2023 y 928 de 2009, reglamenta la publicidad política en el periodo de elecciones de octubre de 2023.
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“Políticos incumplieron”
Frente a esta situación, Wilson Díaz Sterling, personero de Neiva, manifestó: “me complace mucho que ya los candidatos que fueron elegidos, hayan tomado posesión de sus respectivos cargos, tanto en el Concejo, Asamblea Departamental, Alcaldía y Gobernación, pero al mismo tiempo decirles, que tenían 48 horas después de haberse cumplido el proceso electoral, para que retiraran la publicidad, lastimosamente han pasado más de dos meses y vemos todavía pendones, pasacalles, que no desmontaron”.
Ante este hecho, desde la entidad van a realizar la respectiva verificación en las calles de Neiva para conocer la situación. Y de ser hallada este tipo de publicidad, se notificará a la Administración Municipal, con el fin de que establezca las respectivas sanciones a que haya lugar.
La demanda interpuesta
El funcionario, agregó que una acción popular, interpuesta por un ciudadano ante el Juzgado Administrativo del Circuito de Neiva, en el que demanda la protección del derecho colectivo a un ambiente sano y moralidad administrativa, exige el desmonte de las mismas.
Los demandados en la acción popular, son el municipio deNeiva, Personería Municipal, la Corporación Autónoma del Alto Magdalena, el departamento del Huila, Concejo De Neiva y el Consejo Nacional Electoral.
En los hechos en mención, se estipula que desde el 1 de agosto de 2023, múltiples candidatos al Concejo Municipal, Asamblea Departamental, Alcaldía y Gobernación, los cuales están adscritos a diversos partidos o movimientos políticos, han ubicado su propaganda electoral en zonas o lugares prohibidos. Principalmente, en postes de apoyo a las redes eléctricas y telefónicas, puentes, torres eléctricas y cualquier otra estructura de propiedad del Estado.
“El municipio de Neiva y las entidades destinatarias de la petición están incumpliendo sus funciones legales relacionadas con la protección del derecho colectivo al medio ambiente y moralidad administrativa que está siendo vulnerado por la contaminación visual por medio de la ubicación de propaganda electoral en lugares prohibidos y sin que esta publicidad cumpla los requisitos legales”, señala el documento.
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Las pretensiones del accionante
Dentro de los propósitos del abogado, se encuentran: “declarar que los demandados han vulnerado los derechos colectivos a un ambiente sano y la moralidad administrativa, ordenar a los demandados a realizar todas las actuaciones suficientes e idóneas para remover, eliminar o desmontar todos los elementos que contengan propaganda electoral ubicada en sitios, zonas o lugares prohibidos”.
Asimismo, que las entidades destinatarias emitan un comunicado dirigido a todos los candidatos de todos los partidos y movimientos políticos, donde se les requiera remover, eliminar o desmontar todos los elementos que contengan propaganda electoral ubicada en sitios, zonas o lugares prohibidos.
El querellante, adjuntó cerca de diez fotografías tomadas entre el 1 y 15 de septiembre de 2023, donde se visualiza con claridad, la ubicación de la propaganda electoral en sitios prohibidos.
“El llamado a que cumplan las obligaciones”
En este sentido, el personero, añadió: “el llamado es para que cumplan las obligaciones tanto los candidatos que fueron elegidos y los que no, porque ellos también asistieron al Comité de Garantías Electorales y conocen las normas y deben cumplirlas a cabalidad”.
“Vamos a revisar en las direcciones en mención, porque algunos tienen murales aún hay casas pintadas y todo eso hace parte de la contaminación exterior. Y los candidatos y partidos políticos, que no hayan cumplido con esta medida, se les impondrán las sanciones económicas”, indicó Díaz Sterling.
Y es que en su momento, según fuentes oficiales, alrededor del 40% de las vallas publicitarias instaladas en Neiva carecen de los permisos necesarios, lo que las coloca en contravención de los decretos 0928 de 2009, 547 de 2023 y 0432 de 2023, que regulan la colocación y autorización de publicidad en el espacio público. Esta situación ha generado una creciente preocupación entre las autoridades y la comunidad, ya que la proliferación de publicidad no regulada afecta negativamente la imagen de la ciudad y la calidad visual de sus calles y avenidas.
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La Alcaldía pasada, desmontó varias publicidades
Hay que recordar que en septiembre de 2023, la Administración Municipal, hizo un recorrido y desmontó varias vallas publicitarias que incumplían con los decretos en mención.
Y en un operativo liderado por la Alcaldía de Neiva, se logró quitar 47 elementos publicitarios con contenido electoral, entre los cuales comprenden 4 estructuras metálicas, 13 pendones y 30 pasacalles, instalados en infraestructura de alumbrado público, postes de energía y árboles de sectores como el microcentro y la Comuna 6 de la ciudad de Neiva.
Las acciones emprendidas por la Administración Municipal, tienen como objetivo principal la recuperación del espacio público aéreo, ocupado indiscriminadamente por la propaganda electoral.
Zonas prohibidas
Es de precisar que, el operativo fue coordinado desde las direcciones de Justicia y Espacio Público, ambas adscritas a la Secretaría de Gobierno, contando con el acompañamiento de la Policía Nacional, la Secretaría de Movilidad y la Personería Municipal durante el proceso de regulación de la propaganda electoral.
“El Decreto 0432 expresa que está prohibido fijar publicidad en el área comprendida de la carrera 1a. H, la carrera 8a., la calle Cuarta y avenida La Toma”, afirmó el director de Justicia Municipal, Andrés Mauricio Muñoz Barrera.
En este sentido, hizo un llamado a todos los candidatos y partidos políticos que participarán en las elecciones programadas para el 29 de octubre, para que “den cumplimiento a lo dispuesto en el decreto. Esto implica no fijar publicidad en los sitios prohibidos y solicitar los respectivos permisos y viabilidades al Departamento Administrativo de Planeación”, puntualizó el funcionario.
La ley faculta a los alcaldes
Y es que en el inciso primero y segundo del artículo 29 de la Ley 130 de 1994, señala lo siguiente: corresponde a los Alcaldes y los Registradores Municipales regular la forma, característica, lugares y condiciones para la fijación de carteles, pasacalles, afiches y vallas destinadas a difundir propaganda electoral, a fin de garantizar el acceso equitativo”.
Los Alcaldes señalarán los sitios públicos autorizados para fijar esta clase de propaganda, previa consulta con un comité integrado por representantes de los diferentes partidos, movimientos o grupos políticos que participen en la elección a fin de asegurar una equitativa distribución.
El Consejo Nacional Electoral ha reiterado que la propaganda política se entiende en un sentido amplio, teniendo en cuenta que la normatividad la define como: “toda forma de publicidad realizada con el fin de obtener el voto de los ciudadanos a favor de partidos o movimientos políticos, listas o candidatos a cargos o corporaciones públicas de elección popular”.