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¿Cómo aplicar a las visas de trabajo para EE.UU. asignadas a Colombia?

Dic 9, 2023

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La Embajada de Estados Unidos anunció que Colombia fue incluida, por primera vez, en una asignación anual especial de 20.000 visas de trabajo temporales H-2B. Esta permite a trabajadores no agrícolas solicitar legalmente trabajo en los Estados Unidos.

En el anunció que fue realizado a través de su cuenta de X, la Embajada explica que esta asignación se hace con el objetivo de “ampliar las vías legales como alternativa a las peligrosas rutas migratorias irregulares”.

¿En qué consiste la visa H-2B?

La visa H-2B, de acuerdo al Departamento de Estado de EE. UU., es un tipo de visado “para trabajo no agrícola temporal o estacional. Limitado a ciudadanos o nacionales de países designados, con limitadas excepciones, si es de interés de Estados Unidos”.

Además, el programa H-2B permite que los empleadores o agentes de empleo estadounidenses que cumplen con ciertos requisitos reglamentarios específicos traigan extranjeros a los Estados Unidos para llenar temporalmente empleos no relacionados con la agricultura.

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¿Quiénes pueden calificar?

Para cualificar para la clasificación No Inmigrante H-2B, el peticionario debe demostrar que:

No hay suficientes trabajadores estadounidenses que estén capacitados, dispuestos, disponibles y cualificados para realizar el trabajo temporal.

Emplear trabajadores H-2B no afectará adversamente los sueldos y las condiciones de trabajo de los trabajadores estadounidenses empleados en tareas similares.

La necesidad de servicios o trabajo de los trabajadores prospectos es temporal, sin importar si las funciones del trabajo puedan ser descritas como permanentes. La necesidad del empleador es considerada como temporal si es ocurre una sola vez, es por temporada, necesidad por carga máxima y Necesidad intermitente.

¿Cómo aplicar?

Primer paso: El empleador presenta una solicitud de Certificación de Empleo Temporal para Mano de Obra Extranjera del Departamento del Trabajo de Estados Unidos (DOL, por sus siglas en inglés) a través del Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante. a nombre del trabajador prospecto.

Antes de solicitar la clasificación de Visa H-2B por parte del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS, por sus siglas en inglés), el empleador debe solicitar y recibir la Certificación de Empleo Temporal para los trabajadores H-2B de parte del DOL.

Segundo paso: El peticionario presenta un Formulario I-129 ante USCIS. Luego de recibir la Certificación de Empleo Temporal para empleo de H-2B por parte del DOL, el peticionario debe presentar el Formulario I-129 con USCIS.

Si la solicitud de una certificación de trabajo temporal se procesó en el sistema FLAG del DOL, el solicitante debe incluir una copia impresa de la “determinación final” electrónica de una página de la aprobación de la certificación de trabajo temporal H-2B con el Formulario I-129.

Si un empleador ya ha presentado la certificación de condición laboral temporal original con un Formulario I-129 anterior, debe enviar una copia de la certificación de condición laboral temporal y proporcione una explicación que incluya, si está disponible, el número de recibo de la petición con el que el certificado original fue presentado.

Tercer paso: Los trabajadores prospecto que estén fuera de los Estados Unidos deben solicitar visa y/o admisión. Luego que USCIS aprueba el Formulario I-129, los trabajadores H-2B prospecto que están fuera de los Estados Unidos deben:

Solicitar una visa H-2B con el Departamento de Estado (DOS) en la Embajada o Consulado estadounidense y luego solicitar admisión a los Estados Unidos con el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) en un puerto de entrada de EE. UU.

Buscar la admisión a los Estados Unidos en la clasificación H-2B directamente con el CBP en un puerto de entrada estadounidense.

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