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Corte Suprema de Justicia confirmó condena contra  exgobernador del Huila

Dic 26, 2023

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La Corte Suprema de Justicia ha ratificado la condena de 4 años contra el exgobernador del Huila, Juan de Jesús Cárdenas, por su participación en un contrato irregular para la construcción de una piscina para niños en el municipio de San Agustín.

La sentencia, confirmada el 4 de octubre de 2022 por la Sala Especial de Primera Instancia, señala que el contrato no cumplió con los requisitos legales necesarios.

El alto tribunal determinó que el exgobernador Cárdenas Chávez delegó en su Secretario de Vías e Infraestructura, Hernando Quesada Trujillo, la tramitación y celebración del contrato de obra No. 586 de 2002. Este contrato, inicialmente valuado en $184.800.637, buscaba la construcción de una piscina para niños en San Agustín durante un período de 90 días.

La Corte Suprema identificó múltiples irregularidades desde el inicio del proceso. En primer lugar, el contrato fue adjudicado sin licitación, lo que generó cuestionamientos sobre la transparencia del proceso. Además, se destacó que no se presentaron los estudios técnicos necesarios, especialmente los relacionados con el suelo, y que no se contaba con la debida interventoría y los permisos esenciales para la ejecución de la obra.

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Segú  el fallo, el exgobernador Cárdenas Chávez, en su calidad de delegante, no ejerció las obligaciones de vigilancia y control que le correspondían. Esto permitió la celebración del contrato a pesar de no cumplir con los requisitos legales, lo que resultó en una serie de problemas, incluyendo una adición contractual por un valor de $233.042.109 y otra adición de contrato de $28.954.338. Estas adiciones representaron un aumento del monto original en más del 50%, violando así los principios de economía, selección objetiva y responsabilidad establecidos por la Ley 80 de 1993.

La Corte Suprema de Justicia, al confirmar la sentencia emitida por la Sala Especial de Primera Instancia, declara a Juan de Jesús Cárdenas Chávez como autor responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Con esta decisión, se cierra un capítulo legal que pone de manifiesto la importancia de la transparencia y el cumplimiento riguroso de los requisitos en la contratación estatal.

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