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El pleito de $3 mil millones  por una servidumbre

May 8, 2024

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Piscícola Botero ocupó un predio, aparentemente privado, para su usufructo comercial. El Club Campestre de Neiva fue vinculado también al proceso.

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CARLOS ANDRÉS PÉREZ TRUJILLO

El municipio de Hobo y la piscícola Botero estuvieron a punto de pagar una millonaria suma por una servidumbre –pequeño tramo de carretera- que aparentemente pertenecía al señor Jairo Manrique Paredes.

La litis inició el 13 de noviembre de 2013 cuando Manrique Paredes  interpuso una demanda contra la piscícola y este municipio del centro del Huila. El campesino demandante buscaba que fueran declarados patrimonialmente responsables de los perjuicios ocasionados por la ocupación permanente de una carretera privada que habían construido-según su versión- en un predio de su propiedad.

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La suma que buscaba que le pagaran era de $3.152.355.000, además del reconocimiento por vía judicial de esta propiedad.

El demandante considera que el municipio de Hobo y la empresa C.I. Piscícola Botero S.A. eran “patrimonialmente responsables por los perjuicios ocasionados por la ocupación permanente de la carretera que construyó”. Según su relato, en el acervo probatorio, quedó constancia ““por no existir vía de acceso al embalse, diferente a la

carretera privada interna construida sobre el predio ‘Paraguay’… a sus expensas años atrás, en forma unilateral, por vía de hecho, sin consulta, autorización o negociación previa, el alcalde municipal de Hobo, en conciliación con la empresa C.I. Piscícola Botero S.A., decidieron intervenirla con la maquinaria del municipio para darla como vía de tránsito hacia la Represa de Betania, sin atender que e[ra] vía privada […] Las perturbaciones que se operaron ilegalmente sobre su carretera interna, en beneficio de particulares y de empresas pesqueras, debe ser resarcidas por las razones, daños y perjuicios expuestos”.

El reclamo de Manrique Paredes  se sustentaba en que el nueve de julio de 1998 él construyó una carretera particular que atravesó su predio.

El proceso judicial

El 27 de abril de 2016, el Tribunal Administrativo del Huila celebró la audiencia inicial en la que realizó el saneamiento del proceso, resolvió las excepciones previas, decretó pruebas y fijó el objeto del litigio.

Cuatro años después, el 12 de marzo de 2020, el Tribunal Administrativo del Huila declaró probada la excepción de falta de legitimación en la causa por activa propuesta por el municipio de Hobo, al considerar que “las pruebas allegadas no demuestran la titularidad del derecho de posesión que alega el señor Jairo Manrique Paredes sobre el predio ‘Paraguay’ (predio sirviente), pues no logran acreditar el animus ni el corpus, requisitos necesarios para probar la posesión, y de contera acreditar su legitimación por activa”.

La Piscícola Botero S.A. sostuvo que el demandante no estaba legitimado para interponer la demanda, pues según consta en la escritura pública No. 3642 del 15 de diciembre de 1995, el predio sobre el que construyó la carretera era de propiedad de la Corporación Club Campestre de Neiva.

Por su parte al requerirse a la Corporación Club Campestre de Neiva, vinculada también al proceso,  por ser la propietaria del predio sirviente, “señaló que en el año 2006 otorgó permiso a la empresa C.I. Piscícola Botero S.A. para hacer uso de la servidumbre de tránsito establecida en la escritura pública No. 3642 de 15 de diciembre de 1995”.

La inconformidad por la servidumbre

Ante la negativa que recibió Jairo Manrique Paredes propuso el recurso de apelación el 13 de noviembre de 2020, el cual fue concedido el dos de marzo de 2021, y admitido el 24 de mayo ese mismo año.  

Básicamente lo que alegó en su momento fue que estaba legitimado para actuar ya que los medios de convicción obrantes en el expediente permitían acreditar que fue él quien construyó la carretera privada que atravesaba su predio y el del fundo sirviente, de propiedad de la Corporación Club Campestre de Neiva.

Sin embargo, en el expediente también se pudo establecer que mediante escritura pública No. 163 del 12 de junio de 1996, Jairo Manrique Paredes y Maribel Murcia Rodríguez compraron a la Central Hidroeléctrica de Betania S.A. el predio rural identificado con matrícula inmobiliaria 200-54442, ubicado en el municipio de Hobo (Huila), contiguo al predio de propiedad de la Corporación Club Campestre de Neiva y a la Represa de Betania. Adicionalmente, en la misma escritura se consignó que el “predio objeto de venta será sujeto pasivo de la servidumbre de tránsito por todas sus vías de acceso al embalse y su ribera, a favor de la entidad vendedora o la entidad oficial o particular que haga sus veces”, según da cuenta copia auténtica de dicha escritura.

Para Manrique Paredes es claro que informó oportunamente a la alcaldía de Hobo de la ocupación de maquinaria en el predio. Como también acreditó que el 21 de julio de 2010,  informó al Procurador Agrario, Judicial y Ambiental del Huila sobre la ocupación arbitraria de la carretera de su propiedad por parte de la Alcaldía de Hobo y de terceros, quienes la utilizaban ilegalmente para desplazarse hasta la Represa de Betania, según da cuenta copia auténtica de dicho memorial.

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Lo que dijo el Consejo de Estado

La apelación de este proceso la resolvió el Consejo de Estado. De entrada lo que manifestó  es que había caducado la oportunidad para interponer la acción de reparación directa, es decir, el tiempo al que tenía derecho para poner en ejercicio el parato judicial: “según lo expuesto, se advierte que en el caso de marras el derecho de accionar no se ejerció en tiempo, teniendo en cuenta que el término para presentar la demanda de forma oportuna feneció el 23 de julio de 2012 y que el escrito de demanda solo se presentó hasta el 13 de noviembre de 2013, esto es, cuando ya habían transcurrido los dos (2) años que otorga la ley procesal para ejercer el derecho de acción de forma oportuna”.

En otras palabras, el propietario Manrique fue por lana y salió trasquilado, pues además de perder el proceso y demostrársele que no era propietario de la servidumbre, fue condenado a pagar los gtastos del proceso “las cuales serán liquidadas de manera concentrada por el Tribunal…”.  

Una piscícola destacada

Los medios de comunicación de la región han sido testigos del trabajo desempeñado por la piscicola de la familia Botero.

En el departamento de Huila, nació esta empresa que ha logrado destacarse en la industria acuícola a nivel internacional. Botero, fundada por Efraín Botero Rendón en 1990, inició sus operaciones con la producción de tilapia en jaulones flotantes en la represa de Betania. Aunque fue en 2008 cuando se formalizó la constitución de Piscícola Botero, no fue hasta 2011 que se registró como Sociedad Comercializadora Internacional, gracias a la resolución de la Dian número 005271.

Diez años después en varios medios nacionales fue noticia, uno de ellos fue en el reconocido medio de divulgación económica La República, allí apareció en el ranking de los 30 empresas más influyentes del país en 2022. Así las cosas fue nominado en el quinto lugar.

El trabajo de Efraín terminó consolidándose en lo que hoy se conoce como «Piscícola Botero». Actualmente la piscícola ya logró establecerse en el mercado estadounidense gracias a la producción de tilapia. Solo en 2022, la compañía exportó un total de 2.794 toneladas entre filetes y tilapias enteras, mostrando el crecimiento constante de su presencia en el mercado internacional.

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