La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP definió el papel de Mancuso como «bisagra» con capacidad para influir en estructuras militares, empresariales y políticas.
La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha aceptado de manera excepcional el sometimiento de Salvatore Mancuso Gómez, reconociéndolo como sujeto funcional y materialmente incorporado a la fuerza pública entre 1989 y 2004. Según la JEP, durante este periodo, Mancuso desempeñó un rol crucial como «bisagra» en la cúspide, actuando como superior y teniendo la capacidad de establecer patrones de macrocriminalidad.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas concluyó que Mancuso, en calidad de sujeto bisagra o punto de conexión, tenía el poder de «mover los hilos» de estructuras militares, empresariales, políticas e incidir en agentes del Estado de alto rango.
Esta decisión se basa en las exhaustivas contrastaciones y análisis de los aportes de verdad realizados por Mancuso durante una Audiencia Única de Aporte de Verdad en mayo pasado, por orden de la Sección de Apelación de la JEP, así como en la información posteriormente proporcionada por el exjefe paramilitar.
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Los magistrados Heydi Baldosea, Pedro Díaz y María del Pilar Valencia García, de la Sala Especial E de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, fueron los responsables de esta decisión, que se centra exclusivamente en el sometimiento de Mancuso y no aborda su posible responsabilidad en los hechos declarados, los cuales también están siendo investigados por las salas de Justicia y Paz.
En la JEP, la investigación y el establecimiento de responsabilidades con respecto a los hechos a los que se refirió Mancuso serán llevados a cabo por la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad. Esta instancia determinará a qué macrocasos podrá ser vinculado Salvatore Mancuso Gómez.
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