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Proyecto buscaría prorrogar descuento del 50% en el Soat

Dic 9, 2023

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El Ministerio de Hacienda y Crédito Público tiene a la mira un proyecto con el que se buscaría prorrogar el descuento del 50% en el Soat para vehículos como taxis, microbuses urbanos, ciclomotores, motocicletas de determinados centímetros cúbicos, entre otros.

De acuerdo con redes sociales, el documento dictamina la modificación de un apartado del primer artículo del Decreto 2497 de 2022, por medio del cual “se establecen los rangos diferenciales por riesgo del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (Soat)” y se dictan otras disposiciones.

De esta manera, quedaría establecido que, a partir del primero de enero de 2024, el valor a pagar del Soat, únicamente para determinadas categorías de vehículos, será del 50% del precio final vigente hasta el 14 de diciembre de 2022, el cual se ajusta cada año según como cambie la Unidad de Valor Tributario (UVT). El Ministerio de Hacienda recibirá comentarios con respecto a la iniciativa hasta el 12 de diciembre de 2023.

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Según, la Agencia Nacional de Seguridad Vial y la Superintendencia de Transporte, los porcentajes de evasión del pago del Soat son altos. Por los tanto, luego de un análisis, dieron a conocer la necesidad de determinar rangos diferenciales por riesgo de Soat para ciertas poblaciones.

“La aplicación de rangos diferenciales de tarifas es un beneficio social que se dirige a los hogares de menores ingresos y que esta medida, ajustada en sus proporciones no tiene la potencialidad de impactar negativamente en los recursos destinados para la atención de víctimas de siniestros viales y en cambio sí puede anticiparse toda su capacidad para promover la adquisición del Soat”, detallaron las entidades en el análisis.

En ese orden de ideas, el Decreto 2497 de 2022, puntualiza las siguientes categorías de vehículos cobijadas con el descuento: Autos de negocios, taxis, buses, busetas y vehículos de servicio público intermunicipal, servicios público urbano, motocicletas de menos de 100 centímetros cúbicos (cc), motocicletas de entre 100 y 200 cc, ciclomotores, motocarros de cinco pasajeros, tricimotos y cuadriciclos.

La normativa también establece el pago por la atención en salud para personas que sufrieron accidentes de tránsito o que requieren rehabilitación debido a ello. ”Los servicios de salud que superen los trescientos (300) salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv) y hasta ochocientos (800) salarios mínimos legales diarios vigentes (smldv), serán reconocidos por la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social (Adres)”, se lee en el decreto.

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