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Suspendido programa ‘Mi Casa Ya’ hasta el 5 de abril

Mar 28, 2024

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Para este 2024, el programa ‘Mi Casa Ya’ tuvo varios cambios en el que se destaca, principalmente, la preasignación de los subsidios desde el inicio del proceso de compra, una estrategia que se busca alentar tanto a las familias interesadas en adquirir una vivienda como a los constructores.

Sin embargo, en las últimas horas el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio anunció que para finales de marzo e inicios de abril hay un cambio. Mañana 29 de marzo no se emitirá resolución de asignaciones del programa ni se hará preasignación de subsidios para compra de vivienda VIP.

De acuerdo con la entidad, la plataforma estará habilitada el 26 y 27 de marzo para solicitud de asignación y preasignación de subsidios. Así las cosas, solo hasta el 5 de abril de 2024 se retomarán la dinámica con la que venía el programa.

A partir de este año, las familias podrán solicitar la reserva de un cupo de Mi Casa Ya, para compras en preventa con entrega en 2025 y 2026. Los interesados deberán postularse al programa en el establecimiento de crédito, entidad de economía solidaria o caja de compensación familiar de su preferencia, informar ante estas que desean la preasignación del subsidio y cumplir los requisitos establecidos.

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Requisitos para aspirar a Mi Casa Ya

Estos son los requisitos que deben cumplir los hogares aspirantes:

Todos los miembros del hogar deben contar con un registro válido en Sisbén IV, con clasificación entre A1 y D20.

Contar con aprobación vigente del crédito hipotecario o leasing habitacional.

No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.

No haber sido beneficiarios de un subsidio familiar de vivienda otorgado por una caja de compensación familiar o por el Gobierno Nacional, ni haber sido beneficiario, a cualquier título, de las coberturas de tasa de interés establecidas en el Decreto 1068 de 2015.

Para solicitar la preasignación del subsidio el hogar deberá presentar los siguientes documentos:

a) Carta de aprobación vigente del crédito hipotecario o leasing habitacional y b) contrato de separación del inmueble o el documento que haga sus veces. Este último debe estar suscrito por las partes y contener el nombre completo, tipo y número de documento de identificación del comprador o compradores, la fecha prevista para la entrega del inmueble (válida a partir de enero de 2025); además de confirmar que corresponda a una vivienda de interés prioritario.

Una vez el hogar obtenga la preasignación del subsidio, esta se mantendrá vigente dentro del año para el cual se reservó el cupo, según las fechas establecidas por Fonvivienda por medio de circular, o hasta 24 meses después de la preasignación; lo que ocurra primero.

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