Diario del Huila

Una figura jurídica para rescatar la soberanía de San Andrés

Sep 10, 2021

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Por: Germán Calderón España

El próximo 20 de septiembre de 2021 se llevará a cabo otra audiencia sobre el eterno litigio entre Colombia y Nicaragua por los límites marítimos del archipiélago de San Andrés, del cual se desprenden variadas demandas que el país centroamericano continúa interponiendo desde que perdimos una porción considerable de nuestro espacio marítimo como consecuencia del fallo de La Haya de 2012, situación que ha golpeado moralmente a la comunidad raizal de San Andrés, quienes además tienen que soportar una falta de respuesta a sus problemáticas de más de 20 años, como la proliferación de comercios, hoteles, balnearios, todos en situación de irregularidad, sobrepoblación y un flujo incontrolable de inmigrantes del continente.

El fallo de la Haya, si bien ratificó la soberanía colombiana de los siete cayos cercanos a las Islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, le concedió a Nicaragua una porción de mar más allá de lo que le correspondía, como así siempre lo aseguró el egregio internacionalista Dr. Enrique Gaviria Liévano, (q.e.p.d.), quien además, siempre sostuvo que existía una bomba jurídica, con la cual Colombia se hubiese evitado ese fallo adverso, cual es el cumplimiento de la Ley 10 de 1978 que recogió la doctrina Gaviria, así nombrada por el expresidente Alfonso López Michelsen, consistente en que se debía catalogar a San Andrés, Providencia y Santa Catalina con sus demás formaciones insulares, como los bancos, cayos, islotes, rocas, bajos y arrecifes adyacentes formando una entidad geográfica, económica y política, indisoluble denominada “archipiélago de Estado”.

Históricamente, el conjunto de formaciones insulares integran el archipiélago de San Andrés, desde la Real Orden de 1803, como también, sus raizales han pertenecido a su territorio desde 1822 cuando se adhirieron a la Constitución de Cúcuta de 1821; en 1887 se dispuso por decreto establecer la provincia de Providencia y en 1912, con la Ley 52, se le reconoció como intendencia nacional; El artículo 310 constitucional lo convirtió en Departamento y la Ley 47 de 1993 determinó su naturaleza y su conformación como archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.

La doctrina Gaviria, al decir del expresidente López Michelsen, consiste en el trazado de una “línea de unión entre las distintas islas, islotes, rocas y atolones, para constituir un ente orgánico, con vida económica y autoridad política,” también llamada línea de base, sugerida por su autor como “una línea recta que sirve para determinar la extensión de las áreas marinas y submarinas propias de los archipiélagos de Estado”.

Esta tesis fue propuesta como una solución mundial para los conflictos entre Estados dueños de áreas marinas, y en Colombia se plasmó en la Ley 10 de 1978 que ordenó el trazado de “las líneas de base o de encerramiento para el territorio continental, el archipiélago de San Andrés y las demás formaciones insulares”, concediéndole al gobierno doce meses para dictar las disposiciones pertinentes, situación que nunca se consumó.

El recordado internacionalista Gaviria, escribió un libro para recontar la historia del incumplimiento de la ley y las incidencias del fallo adverso a Colombia, titulado “La desintegración del archipiélago de San Andrés y el fallo de la Corte de la Haya”, en el que reseña, en un capítulo llamado “Constitucionalista respalda la tesis del archipiélago de Estado”, que a raíz de la omisión de ese mandato legal patrocinado por el presidente López, interpuse una acción de cumplimiento en el año 2013 ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que se diera cumplimiento a la doctrina Gaviria, es decir, a los artículos 4, 7, 9 y 11 de la Ley 10 de 1978.

Como lo sostiene el maestro Gaviria en su libro, “el Tribunal erróneamente negó la petición de la demanda, pese a que en el escrito hace un relato minucioso de las normas que la sustentan y una especial referencia al fallo de la Corte de La Haya del 19 de noviembre de 2012” con el argumento de que era un hecho superado con la expedición del Decreto 1946 de 2013, con el cual el Gobierno Nacional ordenó la constitución de zonas contiguas integradas, decisión que no fue de su recibo jurídico y que no se refirió en ningún sentido al trazado de las líneas de base para unir al archipiélago de San Andrés, lo que le daría la fuerza necesaria para defenderlo como un todo ante la amenaza del cumplimiento efectivo del fallo de La Haya. A esto agregó, que el decreto de las zonas contiguas integradas, respecto de las cuales no se trazan líneas de base para determinar sus espacios marinos, debía cumplirse en un plazo máximo de tres meses contados a partir de su expedición, sin que hasta la fecha se conozca de su acatamiento.

En relación con este tema, el expresidente Álvaro Uribe Vélez está proponiendo una consulta popular con el objetivo de confirmar definitivamente el límite con esa nación centroamericana, propuesta que el presidente Duque ve con buenos ojos, sin embargo, los invito respetuosamente a que en dicha consulta se le pregunte al pueblo colombiano si, en aras de proteger nuestro archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, es de la voluntad popular exigirle al gobierno nacional trazar las líneas de base recta para encerrarlo y así poder defenderlo ante los ataques de Nicaragua, lo que equivaldría a la aplicación rigurosa de la doctrina Gaviria.

La última palabra la tiene el gobierno nacional y, si es convocada esa consulta, el pueblo colombiano decidirá.

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