La Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco, ha emitido un concepto dirigido a la Corte Constitucional, instando a que se incluya a las parejas del mismo sexo, tanto en matrimonio como en unión material de hecho, en la ley que establece las condiciones para la constitución del patrimonio de familia inembargable (Ley 70 de 1931).
En su pronunciamiento, la jefe del Ministerio Público destacó que no hay justificación válida para otorgar un trato diferencial basado en el género o la orientación sexual de los cónyuges y compañeros permanentes en la regulación de este patrimonio. Argumentó que la protección integral de la familia, tal como lo establece la Constitución, debe aplicarse sin distinción de cómo se conforma la familia, ya que todas sus formas están amparadas por este mandato.
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Cabello Blanco hizo hincapié en que la jurisprudencia ha establecido que las normas que discriminan a las parejas del mismo sexo en asuntos familiares violan el principio de igualdad consagrado en la Carta Política. Subrayó que todas las uniones, independientemente de la orientación sexual de sus integrantes, deben disfrutar de los mismos derechos y asumir las mismas obligaciones.
En este contexto, la Procuradora solicitó que se declare ajustada a la Constitución la norma en cuestión, pero con la inclusión explícita de las parejas del mismo sexo, ya sea en matrimonio o unión marital de hecho, en el patrimonio de familia inembargable.
Así mismo, recordó que la Corte Constitucional ya había ampliado la protección patrimonial a las parejas del mismo sexo en unión marital de hecho en una sentencia anterior (C-029 de 2009). Sin embargo, enfatizó en la necesidad de extender esta igualdad de trato también a aquellas parejas que han contraído matrimonio.
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