Se acerca la fecha para el pago de la prima de mitad de año, un derecho fundamental para los trabajadores colombianos, establecido en el Código Sustantivo del Trabajo.
Esta prestación laboral, que representa un pago adicional para muchos empleados, debe ser cancelada en dos cuotas a lo largo del año: la primera en junio y la segunda en diciembre.
Obligación y Derecho
La prima de servicios es una obligación para las empresas y un derecho para los trabajadores. Consiste en un mes de salario por cada año trabajado, aunque en caso de haber laborado menos tiempo, se calcula de forma proporcional. Según el Ministerio de Trabajo, esta prima debe pagarse a todos los trabajadores que disfruten de prestaciones sociales, cesantías y vacaciones. El CST establece claramente esta obligatoriedad en su artículo 306.
Le puede interesar: Inseguridad alimentaria en Colombia bajó durante 2023
Fechas de Pago
La primera cuota de la prima debe ser pagada a más tardar el 30 de junio, y la segunda, en los primeros 20 días de diciembre. Por ejemplo, un trabajador que gane el salario mínimo mensual, que para esta vigencia es de 1.300.000 pesos, debería recibir 650.000 pesos antes del 30 de junio de 2024. La segunda mitad se pagará en diciembre.
Exclusiones
No todos los trabajadores tienen derecho a esta prima. Aquellos con contratos por prestación de servicios, considerados como «independientes», y los vinculados bajo contratos de aprendizaje, como los practicantes, no la reciben. Además, los empleados con salario integral tampoco obtienen esta prima.
El pago de la prima de servicios es esencial para muchos trabajadores, ya que les proporciona un ingreso adicional en momentos claves del año. Las empresas deben asegurarse de cumplir con esta obligación para evitar sanciones y garantizar el bienestar de sus empleados. Los trabajadores, por su parte, deben estar informados sobre sus derechos y verificar que reciban el pago correspondiente en las fechas estipuladas.
Puede leer: La movilización de pasajeros por vía aérea creció