La Anla recordó que la actividad de aspersión aérea se encuentra suspendida desde 2015, sin embargo, el PMA ha estado vigente desde 2001. Es decir, continúa vigente para actividades no relacionadas con aspersión aérea.
Así las cosas, lo que se autoriza a través de la Resolución emitida es la modificación del Plan de Manejo Ambiental, incluyendo más medidas de manejo y un programa de seguimiento y monitoreo más detallado para que, en caso de que se reanude la actividad, se logre mayor control sobre los efectos ambientales en los componentes hídricos, bióticos y socioeconómicos, entre otros.
Con la Resolución se estableció un esquema de atención prioritaria para peticiones, quejas y reclamos (PQRS), para la comunidad, relacionadas con posibles incumplimientos del PMA, que tenga en cuenta las condiciones establecidas en la sentencia de 2017 de la Corte Constitucional, y que se articule con el marco regulatorio expedido por el Gobierno el pasado lunes, para efectos de la reanudación de aspersión con glifosato.
Cabe mencionar que en este esquema participarán la Anla, las demás autoridades ambientales regionales y los institutos de investigación científica del Sistema Nacional Ambiental (SINA), entre otros.
Por solicitud de la Policía, las actuaciones de la Anla, relacionadas con el trámite de modificación del PMA del Programa de Erradicación, iniciaron en agosto de 2019. El proceso de evaluación por parte de la Agencia contó con profesionales de diferentes disciplinas: hidrogeología, hidrología, geología, química, agronomía, ecología, biología, calidad de aire, ciencias forestales, ciencias jurídicas, gestión del riesgo y socioeconómicas, entre otras.
Luego de recibir el Estudio Ambiental por parte de la Policía, la Anla realizó, adicionalmente, un análisis en materia de suelo y agua, sustentado en los más de 12 años de monitoreo, producto del control y seguimiento que realizó la Autoridad, previos a la suspensión de la actividad de aspersión área.
Con el objetivo de discutir el Estudio Ambiental presentado por la Policía, la Anla convocó -en febrero y marzo pasado- mesas técnicas en temas socioeconómicos, físicos y bióticos, con universidades y la participación de investigadores, Corporaciones Autónomas Regionales, Institutos de Investigación, entre otros.
Adicionalmente, la Anla solicitó los conceptos técnicos en los que hicieron recomendaciones a la Autoridad.
Durante este trámite, la Agencia también llevó a cabo una Audiencia Pública Ambiental (APA) que contó con 23 reuniones informativas realizadas en mayo, agosto, noviembre y diciembre de 2020, donde el equipo técnico de la Anla escuchó y atendió a la ciudadanía y a autoridades del orden nacional, regional y local.
La Audiencia Pública Ambiental se llevó a cabo de manera presencial en Florencia, Caquetá, y contó con 16 espacios presenciales de apoyo en los municipios de San José del Guaviare, La Macarena, Cumaribo, Morelia, Villagarzón, Tumaco, El Peñol, Guapi, Cáceres, San Jacinto del Cauca, Barrancabermeja, San José de Cúcuta, Puerto Santander, Nóvita, Sipí y Buenaventura.
Las reuniones informativas y la audiencia fueron emitidas por 78 emisoras del país en 104 municipios y 13 departamentos. Durante más de 120 horas se resolvieron más de 970 preguntas en vivo y durante la Audiencia Pública Ambiental se recibieron más de 40 intervenciones. Este mecanismo garantizó la participación ciudadana efectiva, a través del acceso a la información, la comunicación de doble vía y la incidencia en la decisión del trámite de modificación del Plan de Manejo Ambiental del Pecig.
De otro lado, la Anla estableció el Plan de Manejo Ambiental General y la Policía deberá presentar a la Autoridad, antes de iniciar actividades, los Planes de Manejo Ambientales Específicos, por cada área de intervención del Programa de Erradicación.
Con todo lo anterior, y después de más de 20 meses de haberse iniciado el procedimiento de evaluación, junto con la realización de la visita de campo, la solicitud de información adicional, las mesas técnicas convocadas por la Anla, la realización de reuniones informativas y de la Audiencia Pública Ambiental, entre otros, la Autoridad decidió dar viabilidad a la modificación del Plan de Manejo Ambiental del Programa de Erradicación con el glifosato.
Lo que viene
La Anla dejó claro que la Resolución emitida este miércoles no reanuda el Programa de Erradicación con glifosato.
El Gobierno Nacional deberá cumplir con los requisitos establecidos por la Corte Constitucional de 2017 y el Auto de 2019, relacionados con el diseño y puesta en marcha de un proceso decisorio que evalúe los riesgos a la salud y al medio ambiente, entre otros. Estos serán verificados por el Consejo Nacional de Estupefacientes, entidad encargada de decidir si se reanuda o no dicha practica en el país.
En caso de que el CNE reanude el programa, la Anla decidirá sobre el levantamiento de la suspensión impuesta en la Resolución