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Nidia sostiene su rectoría gracias a un juez  

Abr 3, 2024

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En 2018 Nidia Guzmán Durán fue designada rectora de la Usco para el periodo 2018-2022. Fue suspendido su nombramiento al año siguiente. Ella pide seguir en el cargo hasta el seis de julio de 2025. Consejo de Estado asegura su cometido.

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CARLOS ANDRÉS PÉREZ TRUJILLO

Para ser rector de la Universidad Surcolombiana se requiere, entre otras cosas, tener un buen abogado: Nidia Guzmán Durán es la muestra de esta quimera administrativa.

Guzmán fue elegida para el periodo 2018-2022, pero estamos en 2024 y busca ser rectora hasta 2025. ¿Cuál es la razón? ¿Qué motivan sus intereses? ¿Ganará esta faena jurídica y cumplirá su propósito? Acá le contamos:

Hace tan solo unos días la Sección Segunda –subsección B- del Consejo de Estado en una providencia inadvertida acogió una medida cautelar del Tribunal Administrativo del Huila en la que le ordenaba a la Universidad Surcolombina abstenerse de darle trámite a la elección de un nuevo rector hasta el siguiente año (2025), en palabras concretas: “…ordenar al Consejo Superior Universitario de la Universidad Surcolombiana que se abstenga de designar rector hasta el 6 de julio de 2025, fecha en la que vencerían los 4 años de periodo rectoral de la actora, si se aceptara la hipótesis que este es personal, lo cual insiste la Sala-, se definirá al resolver el fondo del asunto”.

La historia de esta demanda de “nulidad y restablecimiento del derecho” la promovió el año pasado la actual rectora ante los aires de convocar a nuevas elecciones. Para Nidia Guzmán, su periodo es personal, y como fue suspendida, y no gobernó los cuatro años, al ser reintegrada debía cumplir con cada uno de los días de estos cuatro años, en otras palabras, administrar el alma mater hasta julio de 2025: “… , es decir, que reponga el tiempo en que dejó de ejercer dicho cargo”, se lee en la demanda.

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Un litigio de años

Hace seis años fue designada Nidia Guzmán Durán mediante Resolución 20 de 2018 proferida por el Consejo Superior Universitario. Ésta fue demandada y el 14 de febrero de 2019 anulada por la Sección Quinta del Consejo de Estado, es decir, con esto la rectora dejó de ostentar este cargo.

Ocho meses después -10 de octubre- el mismo órgano definitivamente declaró nula la elección de Nidia y ordenó realizar un nuevo proceso para la designación de un nuevo rector. Dijo que los periodos eran personales.

Con este precedente la exrectora en la búsqueda de volver a su cargo, recurrió a la la acción más apetecida por los colombianos: la tutela. Aunque no le fue bien en las dos instancias ordinarias, en la revisión que hizo la Corte Constitucional profirió una inédita sentencia (SU-261-2021) donde no solo amparó los derechos de la accionante, sino que le dijo al Consejo de Estado que había hecho las cosas mal y que tenía que volver a fallar. “La Corte evidenció que en el fallo de la Sección Quinta hubo un inadecuado juicio de adecuación de los hechos sub examine a la descripción normativa de prohibición del inciso segundo del artículo 126 de la Constitución”. En otras palabras, no se aplicó el principio de legalidad.

“Además, porque al basar la decisión en que existió un voto presuntamente viciado que tenía la potencialidad de afectar la totalidad de la decisión, se desconoció el derecho democrático a elegir de los demás participantes ajenos al presunto evento inhabilitador.” El contexto de esto tiene relación conque un integrante del Consejo Superior –Fabio Alexander Salazar Piñeros- había llegado allí gracias a que la doctora Nidia había intervenido para elegirlo como representante del Consejo Académico ente el Superior.

La Universidad Surcolombiana el otro año tendría que elegir nuevo rector si le dan la razón a la actual rectora.

Ante este reverzaso del Consejo de Estado  lo que hizo la universidad fue disponer del reintegro Guzmán Durán como rectora de la universidad, pero hasta el tres de octubre de 2022. “La demandante señaló que la anterior decisión desconoció los estatutos de la universidad, comoquiera que el período del rector es personal, no institucional. Por lo tanto, comoquiera que solo había desempeñado el empleo durante 447 días, «[a]l reincorporarse a su cargo el 29 de noviembre de 2021, y teniendo en cuenta que le faltaban 1.321 días para completar su periodo personal de cuatro (4) años, la rectora debería ocupar tal dignidad hasta el 12 de julio de 2025»”, se advierte de la providencia.

¿Le restablecerán su derecho?

Ante la orden de Consejo de Estado la rectora propuso la nulidad de los actos administrativos que le indicaban que debía cumplir el periodo institucional hasta 2022. Pues, según ella, “los actos administrativos demandados fueron expedidos de forma irregular y con infracción de las normas en que debía fundarse, puntualmente la autonomía universitaria (arts. 69 CP y 3, 28, 29 y 57 de la Ley 30 de 1992), el derecho a ejercer cargos públicos (art. 40-7 CP), el derecho a la igualdad (art. 13 CP) y la confianza legítima (art. 83 CP); y el Estatuto General de la Universidad Surcolombiana (art. 27 del Acuerdo 075 de 1994, modificado por el Acuerdo 015 del 14 de abril de 2004)”.

Por otro lado, indicó que estos se encuentran “falsamente motivados”, comoquiera que su contenido no se ajustó a la realidad y tampoco a las órdenes del Consejo de  Estado. Así las cosas la representación de Nidia dijo que el Consejo Superior Universitario actuó sin competencia, en la medida en que los estatutos de la universidad no lo habilitaban para desconocer los derechos adquiridos de la demandante. Asimismo, actuó con desviación y abuso del poder.

El Consejo de Estado, Sección Segunda, confirmó la medida cautelar del Tribunal Administrativo del Huila.

¿Qué respondió la Universidad?

La respuesta de la Universidad en este pleito no se hizo esperar . El alma mater se opuso a la medida cautelar del 22 de julio de 2022 en la que realizaba suspensión del proceso eleccionario.

“El auto que fijó el final de período no ha sido anulado, por lo tanto, genera efectos y conlleva la vacancia del cargo a partir del 3 de octubre de 2022. Además, la universidad no ha adelantado proceso de selección alguno para designar un nuevo rector”. Además indicaron que los estatutos de la universidad, contenidos en el Acuerdo 015 de 2004, establecen un período estatutario, no personal. En ese orden, es ilegal alargar el período. 

Este punto de vista fue coadyuvado por el abogado Vladimir Salazar Arévalo –quien, además, fue Jefe Jurídico de la Universidad en la rectoría de Eduardo Pastrana-, y el Sindicato de Profesores de la Universidad Surcolombiana, quienes en la apelación a la medida cautelar, advirtieron que el periodo del rector es institucional de conformidad con el artículo 27 del Acuerdo 075 de 1994, Estatuto General de la Universidad Surcolombiana. Indicaron que la medida cautelar extralimitó la habilitación normativa para su decreto.

En ese orden de ideas, dijeron que el Tribunal había utilizado la aclaración de providencias como medio para modificar lo ordenado en el auto del 9 de septiembre de 2022. “En ese sentido, el a quo falló extra petita, comoquiera que amplió inclusive más allá de julio de 2025 la permanencia en el cargo al condicionar la medida a que haya un fallo en firme”.

Para los apelantes, esta medida además es desproporcionada porque “las elecciones en la universidad quedarán suspendidas por un total de 7 años 7 meses. De tal forma, que se desconoció no sólo la autonomía universitaria, sino el derecho de la comunidad universitaria a elegir un nuevo rector”. 

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Nidia no puede superar el 2025

Es claro que Nidia Guzmán Durán ha desempeñado el cargo durante 968 días, esto es aproximadamente 2 años y 8 meses, que comprenden el período laborado del 4 de octubre de 2018 al 21 de febrero de 2019; y del 29 de noviembre de 2021 al 6 de marzo de 2024 (fecha del auto que confirma la medida cautelar).

“No obstante, para la Sala la circunstancia descrita no justifica que, como medida cautelar, la demandante ostente la dignidad de rectora hasta que esta jurisdicción defina el fondo del sub judice, como lo ordenó el Tribunal Administrativo del Huila en la providencia apelada”.

En este sentido, de aceptarse que el período del rector de la USCO es personal, como lo sostiene la rectora Nidia -asunto que se define al resolver el fondo de la nulidad-, Guzmán Durán culminaría su periodo el seis de julio de 2025. “Por lo tanto, su permanencia en la rectoría no podría superar ese tiempo”.

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