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Pensionados, a actualizar el RUT

Jun 25, 2021

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DIARIO DEL HUILA, CONTEXTO

Por: Rolando Monje Gómez

El plazo para que los pensionados actualicen el Registro Único Tributario (RUT), vence el próximo miércoles 30 de junio, debido a que fue modificado el código de su actividad económica, debido a que fue modificado el código la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) amplió, a comienzos de este año, el plazo para la actualización del RUT por porte de los pensionados.

El plazo inicialmente establecido fue prorrogado por la entidad, atendiendo las medidas decretadas por el Gobierno para mitigar el impacto causado por la segunda ola de contagios por el covid-19 y las cuarentenas focalizadas en varios municipios del país, con el fin de facilitar el cumplimiento de la obligación formal de actualizar el RUT para el segmento de contribuyentes, “pues a pesar de ser un trámite autogestionable es posible que los ciudadanos requieran asistencia de los canales de atención de la Dian para realizarlo virtualmente en caso de presentar inconvenientes o inquietudes durante el proceso”.

Aquellas personas que perciben ingresos por pensión y que se encuentran inscritas en el RUT deben verificar que dicho registro esté actualizado de acuerdo con la nueva actividad económica para pensionados, que está identificada con el código 0020.

Los ingresos por pensión incluyen la pensión de jubilación, pero también la pensión de invalidez, de vejez, de sobrevivientes, de riesgos laborales, indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o devoluciones de saldos de ahorro pensional.

De no actualizarse el RUT dentro de los plazos señalados, se podrían generar sanciones equivalentes a dos UVT (una suma que equivale a $73.000 diarios), por cada día de retraso en la actualización de la información.

La Dian agregó que está actualizando automáticamente, de oficio, el RUT de los pensionados que presentaron la declaración de renta durante 2020, informando ingresos por concepto de pensión en la cédula de pensiones.

Si bien la Dian señaló que actualizaría el RUT de manera automática para determinados pensionados, esto pudo no ocurrir en todos los casos y por eso es importante que cada pensionado verifique que su RUT cuente con dicha actualización. Eso sí, quienes ya fueron notificados de la actualización por parte de la Dian, no deben hacer el proceso.

El RUT se puede actualizar mediante autogestión en los canales virtuales de la Dian; sin embargo, los ciudadanos pueden programar citas para su actualización, que serán atendidas mediante correo electrónico.

Además de reportar la nueva actividad económica de los pensionados, se hace necesario informar en el RUT la fecha desde la cual el pensionado percibe ingresos por esa actividad.

¿Cómo actualizar?

La Dian dispone en su sitio web de una sección especialmente diseñada para realizar el proceso de actualización del RUT según sea el caso, además de tutoriales y otras ayudas pedagógicas que facilitan el trámite (Abece-pensionados.pdf – Dian). Los usuarios solo deben seguir las instrucciones y podrán realizar la actualización en línea, sin necesidad de desplazarse a un punto de atención físico. Es totalmente gratuita.

Cuando la persona no cuenta con un correo electrónico registrado en el RUT que les permita crear una cuenta de usuario en el portal web transaccional o que hayan olvidado la contraseña de ingreso y no tengan acceso al correo electrónico registrado previamente en el RUT, estas personas deben surtir un proceso adicional.

También lo deben hacer cuando se requiera efectuar la actualización de los datos de identificación del RUT (Tipo o número de documento de identificación, nombres, apellidos, fecha expedición del documento de identidad) o  no se tenga una firma electrónica emitida por la Dian.

Para estos casos, se han dispuesto canales virtuales para la atención mediante agendamiento de cita.

Casos especiales

Si la persona es pensionada y además trabaja, debe tener en cuenta estas consideraciones:

Los contribuyentes pensionados y con actividades económicas adicionales, tienen la obligación de informarlas a través del RUT, incluyendo sus fechas de inicio y dependiendo de cuáles les generen mayores ingresos. En el formulario del RUT hay 4 campos para registrar dicha información.

Si es pensionado y también asalariado pero como asalariado obtiene la mayor cantidad de ingresos, debe actualizar el RUT con la actividad principal, que tiene el código “0010 Asalariado” y como secundaria, el código “0020 Pensionado”.

La resolución

Mediante Resolución 0005 de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) amplió, hasta el próximo 30 de junio, el plazo para que los contribuyentes actualicen en el Registro Único Tributario (RUT) las actividades económicas que desarrollan.

Con la nueva disposición, se modificó la fecha que establecía el Artículo 2 de la Resolución 000114 de 2020, con la cual se informó de los cambios de la Clasificación de Actividades Económicas Ciiu (Clasificación Industrial Internacional Uniforme de Actividades Económicas), establecidas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane).

La actualización del Registro Único Tributario por modificación del código de la actividad económica, la deberán hacer quienes deban cumplir obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias cuya codificación de la actividad económica que desarrollan cambia con ocasión de la entrada en vigencia de la presente resolución, deberán actualizarla en el Registro Único Tributario –RUT, a más tardar el 30 de junio de 2021.

En las declaraciones y sus correcciones se deberá informar el código de la actividad económica vigente en el periodo al cual corresponde la declaración.

La Dian reiteró que para actualizar el RUT ningún ciudadano requiere desplazamientos porque la entidad, debido a la situación de pandemia que afronta el país, ha concentrado su atención, exclusivamente a través de canales virtuales que permiten la realización de trámites y servicios. Este trámite no tiene ningún costo económico.

 

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