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¿Tambalea curul de Helber Yesid Pinzón?

Jun 10, 2022

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DIARIO DEL HUILA, PRIMER PLANO

Por: Daniela Gutiérrez

15 años después de haber presuntamente participado en irregularidades por la colocación de excedentes de regalías en la firma Tigsa, el Juzgado Primero Penal de Neiva, emitió orden de captura contra el exalcalde del municipio de Palermo y actual diputado del Huila, Helber Yesid ‘Chepe’ Pinzón. La noticia la conoció el diputado en la ciudad de Cartagena, mientras participa de en la cumbre de diputados de todo el país.

El caso que hoy tiene en enredos al actual diputado del Huila Helber Yesid Pinzón Saavedra inició hace cerca de 15 años cuando el implicado era alcalde de Municipio de Palermo y habría presuntamente invertido $2.000 millones de pesos en la firma Tigsa cuyo representante legal era Raúl Toro Pérez.

Los recursos que habrían sido invertidos de manera irregular, presuntamente, prevenían de excedentes que tenía el municipio por concepto de Regalías. Lo que asegura la fiscalía es que Pinzón Saavedra y Toro Pérez pactaron la devolución en materia de intereses que le diera el dinero al invertirlo en Investment Group S.A. (Tig S.A.).

DIARIO DEL HUILA habló con el presidente de la Asamblea Departamental del Huila, Alexander Vargas para poder recibir de primera mano información del futuro de “chepe” Pinzón en la duma departamental, y respondió que por el momento y hasta que no haya captura, el diputado en cuestión podría seguir cumpliendo con sus funciones políticas.

“Este es un fallo en primera instancia y toca esperar las otras instancias qué determinan. Nosotros debemos hacer un análisis jurídico frente al caso porque tendríamos que estudiar también la Ley 2200 frente a ausencias definitivas y la silla vacía. Es posible que la condena se tipifique dentro de los delitos que castiga la Constitución con pérdida la curul”, respondió Vargas.

Aunque el presidente de la Asamblea advirtió que aun serían muy prematuras las acciones que se pueden entablar desde la Corporación, indicó que serán garantes del debido proceso. “Ahora, si él va a la cárcel, eso se tipifica como falta absoluta, y si le dan casa por cárcel y el juez le permite ir a trabajar no tendría problemas, sin embargo, yo prefiero ser cauto frente a las decisiones judiciales para poder asumir decisiones frente a la continuidad o no del diputado”, confirmó.

El contexto

La juez de conocimiento Socorro Álvarez Meneses, expidió el miércoles las órdenes de captura contra el ex alcalde de la capital marmolera del Huila y tres personas más, las mismas, no se han hecho efectivas para ninguno de los implicados.

La decisión estaría centrada en las acciones cometidas hace cerca de 15 años por los delitos de peculado por apropiación agravado en favor de terceros en concurso homogéneo y sucesivo. También se le abría implicado por el delito de falsedad de documento, sin embargo, este fue archivado por vencimiento de términos.

Ahora bien, retomando lo dicho por el presidente de la Asamblea del Huila, la figura de la silla vacía contemplada en el artículo 134 de la Constitución Política de Colombia explica que mientras la curul sea ocupada por el representante elegido, no existe ningún tipo de problema, pues esa es la finalidad; pero, si por el contrario, este representante no ocupa la curul, quedará vacante estructurándose una falta que puede ser temporal o absoluta y que en algunas circunstancias puede tener remplazo y en otras no; cuando esta última ocurre, la curul queda vacía generándose la figura de silla vacía como un castigo para el partido político a la que le fue asignada.

DIARIO DEL HUILA buscó hablar con el diputado Pinzón Saavedra, sin embargo, se conoció que se encuentra en la ciudad de Cartagena junto a los miembros de la mesa directiva de la Asamblea Departamental del Huila en la cumbre de diputados de todo el país.

El director del Observatorio de Asamblea Visible, Yilber Saavedra se refirió al tema asegurando que, “nos llama la atención la situación del diputado conservador y primer vicepresidente de la corporación Helber Yesid Pinzón, esperemos que se desarrolle el debido proceso y las garantías hasta el final. Sin embargo, de quedar en firme y ejecutoriada la medida, habría que mirar si aplica en este caso particular la figura de silla vacía de la que habla el artículo 134 de la Constitución Política, como sanción a los movimientos o partidos políticos, que, para el caso del diputado, cometieran delitos dolosos contra la administración pública”.

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