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Por presuntas irregularidades investigan 11 concesionarios, uno del Huila

Mar 30, 2022

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DIARIO DEL HUILA, CONTEXTO

Por: Johan Eduardo Rojas López

Tras presuntas irregularidades en el control de peso bruto de los vehículos de carga, once concesionarios y operadores de estaciones de pesaje podrían ser sancionados por el Ministerio de Transporte con multas de hasta 700 SMMLV. Entre tanto, Autovía Neiva Girardot S.A.S., hace parte de este ramillete que al parecer presenta inconsistencias.

A través de un comunicado este lunes, 28 de marzo el Ministerio de Transporte dio a conocer que luego de realizar exhaustivas visitas de inspección por parte de la Superintendencia de Transporte a varias estaciones de pesaje del país, la entidad abrió 11 investigaciones administrativas a concesionarios y operadores, por supuestas irregularidades.

Señalaron desde el Ministerio que a partir de las evidencias recolectadas, como los tiquetes de pesaje y demás documentación, se encontraron inconsistencias en el control del Peso Bruto Vehicular (PBV) de los vehículos de carga. “Al parecer, los investigados no estarían teniendo en cuenta las tablas autorizadas por el Ministerio de Transporte y registradas en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT)”, indicó.

De esta manera, la concesionaria Autovía Neiva Girardot S.A.S, ubicada en Palermo, Huila, hace parte de los once concesionarios investigados. Esta Casa Editorial intentó establecer comunicación con la empresa, pero infortunadamente no fue posible, sin embargo, manifestaron que no han recibido ninguna notificación y por el momento no pueden dar declaraciones.

El Superintendente de Transporte, Wilmer Salazar Arias, manifestó que, “Luego de realizar visitas de inspección a varias concesiones de pesaje del país entre otras pruebas, la Superintendencia de transporte encontró méritos para abrir investigación mediante la formulación de pliegos de cargos en contra de once concesionarios y operadores de estaciones de pesaje, pues al parecer estarían incumpliendo con la normatividad que rige el sector en esta materia.” Además, añadió que, “La superintendencia recolectó tiquetes en las diferentes estaciones de pesajes de las concesiones carreteras, entre otras evidencias, con las cuales se determinó que presuntamente los pesos brutos vehiculares autorizados por el ministerio de transporte y registrados ante el ‘RUNT’, no fueron tenidos en cuenta por los investigados en el momento de realizar las actividades de control.”

“En las inspecciones a las estaciones de pesaje, la Delegatura de Concesiones e Infraestructura supervisa que los pesos brutos vehiculares autorizados por el Gobierno se cumplan, debido a que, si se establecen valores diferentes al peso máximo permitido, no solo se quebranta la normatividad, sino que se puede comprometer el estado de la infraestructura, la seguridad vial o los legítimos derechos de los usuarios”, sostuvo.

Así pues, según Wilmer Salazar Arias, el peso que tuvieron como máximo posible resultaría ser diferente al permitido por las entidades competentes, con lo cual se generarían afectaciones para las empresas de transporte de carga, los conductores, la seguridad vial y la conservación de la infraestructura de carretera. En efecto, el Peso Bruto Vehicular es definido por el Ministerio de Transporte y, además, se encuentra registrado ante el RUNT, por lo tanto, el hecho de que, presuntamente, los investigados no actualicen el software correspondiente a los pesos máximos permitidos para los vehículos de carga, evidenciaría un incumplimiento a las normas relacionadas con este servicio, afectando la seguridad, calidad, continuidad, libre acceso, oportunidad y eficiencia en sistema de transporte.

Conductas que podrían causar irregularidades

En primer lugar, el detrimento de la infraestructura vial, pues según afirmó el Ministerio de Transporte en el comunicado, “Uno de los principales objetivos del sistema de movilidad integrado que conforma la infraestructura del transporte terrestre es preservar el patrimonio vial del país, manteniendo las carreteras en condiciones de calidad y seguridad. Las estaciones de pesaje son instalaciones operativas que hacen parte de esta infraestructura, por lo tanto, el incumplimiento de la norma podría comprometer la rigurosidad en la actividad del control del sobrepeso, el cual resulta necesario para la conservación de la infraestructura y la seguridad vial.”

Igualmente, en segundo lugar, de los siniestros viales explicó que, “Un adecuado control al denominado Peso Bruto Vehicular hace que la probabilidad de ocurrencia de siniestros viales por cuenta de esta variable resulte técnicamente previsible, pues es claro que un vehículo que transita con sobrepeso acelera la destrucción de la infraestructura del transporte al reducir la vida útil del pavimento y, de mantenerse esta condición sin control alguno, posiblemente, se presenten siniestros de manera recurrente.”

Y en tercer lugar, de los comparendos injustificados, aseguró el Ministerio que, “Al no existir correspondencia entre las tablas del Peso Bruto Vehicular máximo permitido para los vehículos de transporte de carga rígidos de dos (2) ejes, con el peso tenido como máximo permitido en las diferentes estaciones de pesaje, podría generar informes únicos de infracciones al transporte y comparendos injustificados para los usuarios de las vías. Además, el hecho de transportar carga por debajo del peso permitido genera pérdidas económicas a los transportadores y conductores.”

Entre tanto, las concesiones y operadores investigados son:

– Autovía Neiva Girardot S.A.S.

– Consorcio Vial Helios.

– Concesión San Rafael S.A.

– Alto Magdalena S.A.S.

– Concesión Pacífico 3.

– Consorcio RQS-Tierra Oriental.

– Consorcio RQS-Ginebra Sur.

– Vía 40 Express S.A.S.

– BTS Concesionario S.A.S. 1

– Sabana de Occidente S.A.S.

– Concesión Ruta al Mar S.A.S.

Finalmente, el Ministerio de Transporte insistió en que, de encontrarse responsables, los investigados podrían ser sancionados con multas de hasta 700 SMMLV, asimismo, que contra la decisión de investigación no procede recurso, se garantizarán los principios del debido proceso y el derecho de defensa, de conformidad con lo establecido en la ley.

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