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SecreMovilidad de Neiva, investigada por falta de control a ilegalidad del mototaxismo

Feb 26, 2022

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DIARIO DEL HUILA, ENFOQUE

Por: Amaury Machado Rueda

Fotografías: Suministradas

La Superintendencia de Transporte, abrió investigación y formuló pliego de cargos a la Secretaria de Movilidad de Neiva, por presuntamente alterar el servicio público de transporte en su jurisdicción. La conducta, se refiere a la falta de control efectivo a la ilegalidad del mototaxismo en la ciudad,  que generó el detrimento laboral y económico al gremio transportador formal.

A través de la reciente Resolución No. 466 del 23 de febrero de 2022, la Dirección del Investigaciones de Tránsito y Transporte Terrestre de la Superintendencia de Transporte, abrió investigación administrativa mediante la formulación de pliego de cargos contra la Secretaría de Movilidad de Neiva, por la falta de control de la ilegalidad e informalidad en el servicio público de transporte en su jurisdicción.

La acción surte efecto, luego de que en el 2021, conductores, propietarios y empresas de transporte público de taxis y colectivos, elevaran ante la entidad en reiteradas ocasiones, la situación de pérdidas y quiebra latente en que cayeron en estos dos años de pandemia, provocada por la problemática de proliferación descontrolada del fenómeno del mototaxismo.

Según se indica en la Resolución, el 8 de septiembre de 2021, un grupo de gerentes de empresas de servicio público de transporte terrestre automotor colectivo municipal de pasajeros de Neiva, puso en conocimiento de la Superintendencia la situación presentada con la Secretaría de Movilidad de Neiva, manifestando que, “la disminución en la movilidad de pasajeros diarios en los vehículos de transporte público colectivo, se debe a la proliferación del transporte ilegal del mototaxismo, los pasajeros movilizados en sus rutas disminuyeron, al punto de tener que hoy en día la operación se ejecuta a pérdidas de utilidad”.

Igualmente, menciona el documento, el 20 de septiembre de 2021 un grupo de conductores, propietarios y usuarios del servicio público de transporte terrestre automotor individual de pasajeros en vehículos taxi de Neiva, manifestó ante esta Dirección su preocupación respecto de la gestión de la Secretaría de Movilidad de Neiva en relación con la problemática de transporte ilegal e informal presente en la ciudad.

Por último, dice la Resolución, el 22 de noviembre de 2021, la Asociación de Propietarios y Conductores de Taxis de la ciudad de Neiva ASOPROCONTAX, puso nuevamente en conocimiento de esta Superintendencia la situación presentada con la Secretaría de Movilidad de Neiva, afirmando que, “Si bien la intervención de la Superintendencia para nosotros constituía la garantía de que la administración tomara los correctivos necesarios para ejercer el control sobre los diferentes focos de ilegalidad, el cambio de mandatario y por consiguiente el cambio de los demás funcionarios, desencadeno un aumento de la informalidad en el transporte público. Adicionalmente queremos manifestar que durante la nueva administración se han modificado algunos decretos que restringen la circulación de motos con parrillero, generando una ola de inseguridad, y manifestaciones de los mismos moto ilegales reclamando por sus derechos al trabajo”.

Las pruebas allegadas por los quejosos en esas ocasiones, fueron estudiadas y aceptadas por la Dirección. Medios de comunicación regionales, vienen haciendo visible dicha problemática de la campante ilegalidad, y sus publicaciones fueron también tenidas en cuenta en la investigación que lleva ahora la Superintendencia.

La Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte Terrestre abrió investigación y formuló pliego de cargos contra el organismo de tránsito de Neiva por presuntamente alterar el servicio público de transporte en su jurisdicción.

Imputación fáctica y jurídica

Para corroborar las actuaciones adelantadas para combatir la ilegalidad e informalidad en el transporte público en la capital huilense, la Dirección de Investigaciones de Tránsito y Transporte Terrestre requirió a la Secretaría de Movilidad de Neiva, un total de 14 informes, soportes y demás documentación que dieran cuenta de las acciones que llevó esta entidad para el control del fenómeno que aqueja a los transportadores legales.

Una vez analizada por la Dirección la “insuficiente” documentación allegada por Movilidad a mediados de enero de 2022, el ente de control pudo concluir que “presuntamente la Investigada incurrió en la alteración del servicio público de transporte en su jurisdicción, conducta que se enmarca en lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 336 de 1996. Lo anterior encuentra fundamento en lo expuesto en el numeral décimo primero de este acto administrativo, que corresponde a que la Secretaría de Movilidad de Neiva en el marco del cumplimiento de sus funciones, fue ineficiente y omisiva al momento de desplegar sus instrumentos para combatir y controlar el transporte ilegal e informal en su jurisdicción”, señala el ente investigativo en su Resolución.

Y a renglón seguido indica, “La alteración del servicio público de transporte, se explica en tres situaciones, primero, la Secretaría de Movilidad de Neiva no ha utilizado eficientemente los recursos con los que cuenta para combatir la ilegalidad y la informalidad presentes en el transporte público en su jurisdicción. Esto, se pudo corroborar puesto que en la ciudad de Neiva: (i) no se hacen estudios concretos y efectivos para combatir la ilegalidad e informalidad en el transporte público, (ii) no se realizan operativos debidamente estructurados que les permitan ser eficientes en la reducción de la problemática, (iii) no se aplican correctamente las sanciones establecidas en la Ley y dispuestas para combatir el fenómeno de la informalidad e ilegalidad en el transporte público, y (iv) no se dispone de espacios suficientes para que se exponga la problemática por parte de las empresas autorizadas, o para estudiar la situación y definir las medidas adecuadas con el objetivo de contrarrestar el fenómeno de ilegalidad e informalidad presentes en el transporte público”.

“La segunda situación, corresponde a que la Secretaría de Movilidad de Neiva no ha realizado las gestiones necesarias para mejorar o ampliar los instrumentos con los que cuenta para atacar la ilegalidad e informalidad en el transporte público en Neiva. Lo anterior, se pudo establecer con base en que el organismo de tránsito no tiene interés en adelantar las gestiones necesarias para lograr la ampliación de sus instrumentos, toda vez que ni se demuestra la intención o preocupación de hacerlo a partir de una necesidad claramente identificada, ni se aportan documentos que soporten el adelanto de estas gestiones por parte de la Investigada o la búsqueda de ampliación de su capacidad institucional. Finalmente, la tercera situación es la posible existencia de un impacto operativo en algunas de las empresas que prestan el servicio público de transporte en Neiva en condiciones de legalidad, a raíz de las presuntas conductas omisivas de la Secretaría de Movilidad de Neiva en materia de control al transporte informal e ilegal presente en su jurisdicción”.

“Por lo anterior, el material probatorio recaudado hasta ahora permite concluir que la actuación ineficiente, y en ocasiones omisiva y nula, frente al cumplimiento de sus funciones de asegurar la eficiente prestación del servicio público de transporte en condiciones de legalidad y formalidad, ha tenido efectos y consecuencias negativas lo cual permite presumir la alteración del servicio público de transporte causada por el organismo de tránsito. Así las cosas, se puede concluir que la actuación de la Secretaría de Movilidad de Neiva presuntamente transgredió la normatividad vigente aplicable a los organismos de tránsito”, concluye la Resolución 466.

Cargo

Frente al comportamiento que fue desarrollado a lo largo del acto administrativo, se encontró que la Secretaría de Movilidad de Neiva presuntamente incurrió en la conducta prevista en la normatividad vigente, de “presuntamente alterar el servicio público de transporte en su jurisdicción, incurriendo así en la conducta descrita en el artículo 45 de la Ley 336 de 1996”.

La Dirección indicó que esta conducta podrá ser sancionada con una amonestación escrita y consistirá en la “exigencia perentoria al sujeto para que adopte las medidas tendientes a superar la alteración en la prestación del servicio que ha generado su conducta”.

En mérito de lo anterior, en el acto administrativo la Dirección resolvió abrir investigación y formular pliego de cargos contra el organismo de tránsito de Neiva, por presuntamente incurrir en la mencionada conducta.

Finalmente, esta Casa Editorial intentó dialogar con la entidad investigada, sin embargo hasta el cierre de esta edición, no fue posible tener comunicación.

Numerosas pérdidas, ha dejado para el gremio transportador la desbordada ilegalidad en Neiva.

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